El vehículo ingresó al territorio peruano al amparo del
D. S. N° 055-2005-RE, el 14 de mayo del presente año con un Certificado de
Internación Temporal N° 051762, expedido por la Agencia Aduanera Santa Rosa de
la Aduana de Tacna, certificado que venció el 12 de agosto del año 2012.
En el marco de las
acciones de prevención y represión a los delitos aduaneros, Oficiales de la Aduana de Salaverry lograron ubicar e
incautar un automóvil de marca Chevrolet procedente de Chile con placa de rodaje de dicho país DC.TD53, el cual estuvo
circulando en nuestro país con un Certificado de Internación Temporal vencido. La
incautación del vehículo se produjo en pleno centro de la ciudad de Trujillo,
en momentos que era conducido por Eduard
Torres Tejeda, identificado con DNI 40943850 y hermano del propietario del
auto, Martín Torres Tejeda identificado
con DNI 18207817, quien a la fecha se encuentra fuera del país.
El vehículo ingreso
al territorio peruano al amparo del D. S. N° 055-2005-RE, el 14 de mayo del
presente año con un Certificado de Internación Temporal N° 051762, expedido por
la Agencia Aduanera Santa Rosa de la Aduana de Tacna, certificado que venció el
12 de agosto del año 2012. En consecuencia, el automóvil estuvo circulando en
el país con un documento vencido, por lo que fue incautado al haber infringido
el Decreto Supremo Nº 015-87-ICTI-TUR.
Luego de la confección de las actas correspondientes, el vehículo fue internado en el almacén de la Intendencia
de Aduana de Salaverry.
Es importante recordar
que los vehículos que ingresan bajo la modalidad de internamiento temporal con
fines turísticos no pueden ser cedidos bajo ningún concepto a terceras personas
para su utilización y sin la autorización previa de la administración aduanera;
esto según el convenio de Nueva York de 1954. Además, al no ser retirados del
país dentro del plazo otorgado, caerán en comiso de acuerdo a lo previsto en la
Ley General de Aduanas. Cabe destacar que en lo que va del año, el Grupo
Operativo de la Aduana de Salaverry ha incautado 03 vehículos con Certificado
de Internamiento Temporal comercializados en el país; y uno de contrabando por
un valor superior a los 70 mil dólares.