Del
primer semestre 2006 al mismo periodo del presente año estas inscripciones
crecieron en 134%, a nivel nacional. Vale señalar que la cifra que más se
acerca a la del récord mencionado se produjo en el primer semestre del año 2022
cuando se inscribieron un total de 124,189 compraventas.
Todo un
récord. La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp)
informó que las 129,988 compraventas inscritas en el Registro de Predios que
administra la Sunarp, durante el primer semestre del presente año, ha superado
el número de registros, para similar periodo, de los últimos veinte años. En lo
que respecta a La Libertad, 8,034 compraventas de inmuebles se
inscribieron de enero a junio de este año, ocupando el tercer lugar a nivel
nacional.
Desde el
primer semestre del 2006 (55,592 compraventas inscritas) al primer semestre del
2025 (129,988 registros) este tipo de inscripciones se han incrementado a lo
largo de los últimos veinte años en 134%. Vale señalar que la cifra que más se
acerca a la del récord mencionado se produjo en el primer semestre del año 2022
cuando se inscribieron un total de 124,189 compraventas en el Registro de
Predios.
Las 129
988 compraventas inscritas en el primer semestre del presente año se
distribuyeron de la siguiente manera: Lima (61,968), Arequipa (8,530),
La Libertad (8,034), San Martín (6,083), Lambayeque (6,046),
Ica (5,583), Junín (5,076), Piura (3,883), y Tacna
(3,402). Luego se ubican Ucayali (3,321), Huánuco (3,015), Áncash
(2,632), Loreto (2,506), Cusco (2,382).
Asimismo,
Cajamarca (1,935), Ayacucho (1,286), Puno (1,154), Moquegua
(624), Madre de Dios (563), Amazonas (562), Apurímac
(558), Tumbes (446), Pasco (228) y Huancavelica (171). Para
registrar un inmueble en la Sunarp, ya sea vivienda nueva como de segundo uso,
se deben seguir los siguientes pasos:
1.-
Verificar si la vivienda ya se encuentra inscrita. Para ello, se recomienda
solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a
adquirir, además del Certificado Registral Inmobiliario (CRI). Estos documentos
contienen:
Historial
del inmueble (todos los actos que se han realizado en el inmueble).
Nombre
del propietario.
Los
trámites pendientes sobre la propiedad.
Las
cargas o gravámenes que hubiera sobre el inmueble.
2.-
Celebrado el contrato de compraventa, el vendedor y el comprador de la vivienda
deben acudir a un notario para que se expida el parte notarial de la escritura
pública de la compraventa del inmueble.
3.-
Solicitud de inscripción en la Oficina Registral. El trámite se realiza
exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) a
nivel nacional, por lo que, deberá coordinar con la Notaría para su
presentación.
4.- El
documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado título, debe
contener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la
vivienda.
5.-
Asiento de inscripción en la partida registral. Una vez que el título de
compraventa del inmueble es revisado por el registrador público, este puede dar
las siguientes respuestas:
Inscribir
la compraventa de estar todo conforme. Si el expediente cumple con todos los
requisitos legales y se han cancelado las tasas registrales correspondientes.
Observar,
si falta algún requisito. En caso, que al expediente le falta algún requisito
legal.
Liquidar,
si falta cancelar la tasa registral. Si el expediente cumple con todos los
requisitos legales; pero falta cancelar las tasas registrales.
Concluida
satisfactoriamente la evaluación del expediente, el registrador inscribe la
compraventa, con lo cual el Estado, a través de la Sunarp, le otorga seguridad
jurídica y protección a su adquisición.
Costo
Registral
Este se
divide en dos: tasa por calificación (S/ 43.30) y tasa por inscripción, la cual
varía de acuerdo al precio de la transferencia.

