jueves, 1 de diciembre de 2022

El miércoles 7 se realizarán pagos a pensionistas del D.L. N° 19990

Asimismo, los 9,740 pensionistas que cobran bajo la modalidad de pago a domicilio serán visitados por un pagador debidamente acreditado entre el 15 y 28 de diciembre. Para reducir el tiempo de espera de 10 a 2 ó 3 días, en Lima, en donde hay mayor número de pensionistas, se ha establecido una programación de entrega segmentada.

 

Los asegurados que reciben sus pensiones bajo la modalidad de pago a domicilio serán visitados por un pagador del 15 al 28 de diciembre. A partir del 7 de diciembre, 647,878 pensionistas del Decreto Ley Nº 19990 podrán cobrar sus pensiones en agencias bancarias, cajeros automáticos o agentes bancarios mas cercanos a sus domicilios, informó la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Según la primera letra de su apellido paterno, los que se inicien de la A a la C, podrán cobrar desde el miércoles 7 de diciembre. De la D a la L, el viernes 9; de la M a la Q, el lunes 12 y de la R a la Z, el martes 13. 

 

Asimismo, los 9,740 pensionistas que cobran bajo la modalidad de pago a domicilio serán visitados por un pagador debidamente acreditado entre el 15 y 28 de diciembre. Para reducir el tiempo de espera de 10 a 2 ó 3 días, en Lima, en donde hay mayor número de pensionistas, se ha establecido una programación de entrega segmentada en tres grupos de distritos. Del 15 al 17 de diciembre recibirán sus pagos los pensionistas domiciliados en la Zonal Norte (Ancón, Bellavista, Callao, Carabayllo, Carmen de la Legua, Comas, Independencia, La Perla, La punta, Los Olivos, Mi Perú, Puente Piedra, San Martín de Porres, San Miguel, Santa Rosa, Santa Rosa de Quives y Ventanilla). 

 

Del 18 al 20 de diciembre, cobrarán los domiciliados en la Zonal Sur Este (Ate, Breña, Chaclacayo, Cieneguilla, El Agustino, Jesus Maria, La Molina, La Victoria, Lima, Lince, Lurigancho, Magdalena del Mar, Magdalena Vieja, Ricardo Palma, Rímac, San Juan de Lurigancho, San Luis, Santa Anita, Santa Eulalia). Del 21 al 22 de diciembre recibirán la visita de los pagadores los residentes en la Zonal Centro Este (Barranco, Chilca, Chorrillos, Lurín, Miraflores, Pachacamac, Punta Negra, San Borja, San Isidro, San Juan de Miraflores, Santiago de Surco, Surquillo, Villa el Salvador, Villa Maria del Triunfo). 

 

Los pensionistas que no pudieron recibir el importe de su pensión en las fechas señaladas recibirán una nueva visita entre el 23 y 28 de diciembre. Para cualquier información, pueden llamar a ONP Te escucha al (01) 634 2222 o escribir a las redes sociales oficiales. 

Municipalidad fortalecerá capacidades de bodegas en gestión empresarial

“Bodega Maestra” se desarrollará con la participación de la Gerencia de Desarrollo Económico de la comuna, con la que ya se avanzaron coordinaciones para la suscripción del referido convenio. CBC Peruana S.A.C. es una empresa multilatina dedicada a fabricación, comercialización y distribución de bebidas no alcohólicas.

 

Por unanimidad el Concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo aprobó en sesión ordinaria la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional con la empresa CBC Peruana S.A.C. para fortalecer las capacidades en gestión empresarial digital y desarrollo productivo de las bodegas de la jurisdicción. Esto en el marco de “Bodega Maestra”, un programa gratuito de alcance nacional que tiene como objetivo principal capacitar a empresarios bodegueros para que puedan adquirir conocimientos que les permitan adaptar, potenciar y encontrar oportunidades para sus negocios.

 

Este proyecto se desarrollará con la participación de la Gerencia de Desarrollo Económico de la comuna, con la que ya se avanzaron coordinaciones para la suscripción del referido convenio. CBC Peruana S.A.C. es una empresa multilatina dedicada a fabricación, comercialización y distribución de bebidas no alcohólicas, como aguas minerales embotelladas y es titular del programa “Bodega Maestra”, creado para brindar capacitación mediante 12 módulos con temas referidos a mejorar las ventas en las tiendas, la atención al cliente, el manejo adecuado de productos, entre otros.

 

Los bodegueros trujillanos que intervengan en los 12 módulos del programa van a fortalecer sus capacidades en gestión empresarial y su labor será finalmente más productiva. Los participantes recibirán al término de la capacitación una certificación. El convenio a suscribirse próximamente no generará obligación de efectuar algún aporte económico para ninguna de las partes y tendrá vigencia de un año, pudiendo ser renovado si así lo consideran conveniente. Después de ser puesto en conocimiento del pleno del Concejo Municipal para su debate, el convenio fue aprobado por acuerdo unánime.

 

En esta sesión, también se aprobó por unanimidad la ratificación de la Ordenanza Municipal N° 013-2022-MDEL, que aprueba el Reglamento de fraccionamiento de deudas tributarias en la Municipalidad Distrital de El Porvenir, remitido a la Municipalidad Provincial de Trujillo para su validación.

SIS recomienda afiliarse virtualmente ante incremento de COVID-19

A través de la APP SIS “Asegúrate e infórmate” se puede afiliar desde su celular en forma rápida, segura y sin salir de su casa.  En más de año y medio que tiene de habilitada, se han asegurado cerca de 101 mil personas. También se han afiliado más de 17 mil residentes en el país mediante la página web del SIS.  

 

Ante el incremento de los casos de la COVID-19, el Seguro Integral de Salud (SIS) hizo un llamado a la población que aún no cuenta con un seguro de salud para que se pueda afiliar al SIS en forma rápida, segura y sencilla desde su celular, a través del aplicativo móvil “Asegúrate e infórmate” y sin necesidad de salir de casa. Desde febrero del año pasado en que la APP se puso a disposición de la población, en todo el país se han afiliado cerca de 101,000 residentes nacionales que no tenían un seguro de salud. El 83% se inscribió en el plan SIS Para Todos y el 17% en el SIS Gratuito.  

 

Todos los que se afilian por este medio, ya sea al SIS Gratuito o SIS Para Todos, tienen la cobertura integral y gratuita de más de 12 mil diagnósticos médicos, entre ellos enfermedades de alto costo, enfermedad renal crónica (ERC), cánceres, la COVID-19 y la viruela del mono. Además, la cobertura incluye productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios que se requieran para el tratamiento y seguimiento en la atención en salud de los asegurados, así como todas las acciones de prevención establecidas en los planes de seguros.  

El 50% de los afiliados corresponde a adultos entre los 30 a 59 años y le siguen los jóvenes entre 18 a 29 años con el 29.7%. Los conformantes de estos dos grupos etarios están muy relacionado a la tecnología y es, a través de ellos, que también se logra afiliar a los menores de edad y los adultos mayores. El 56% de los asegurados por APP son mujeres y el 44%, hombres. Lima Metropolitana sigue siendo el lugar donde se registra la mayor cantidad de afiliados por APP: el 62%. Luego, le sigue Callao con 6,269 asegurados, La Libertad (4,632), Ica (3,346), Piura (2,856), Lima Región (2,662), Lambayeque (más de 2,268), Áncash (1,955), Cusco (1,734), entre otras regiones.  

 

Desde el 1 de febrero del 2021 que se lanzó el aplicativo móvil “Asegúrate e infórmate”, se han registrado 639 mil descargas. A la fecha, hay 147 dispositivos activos. A través del APP también puede obtener información de los planes de seguros SIS, saber dónde le corresponde atenderse, acceder al Libro de Reclamaciones, ubicar las oficinas del SIS a nivel nacional, hacer sus denuncias por presuntos actos de corrupción, conocer si está asegurado al SIS e, igualmente, realizar en línea el cambio de establecimiento de salud asignado.  

 

Otra forma sencilla de afiliarse al SIS es a través de la página web, ingresando al link: www.gob.pe/sis. A través de este canal se han afiliado, a la fecha, cerca de 17,600 personas, 56% mujeres y 44% hombres. También se puede afiliar a través de los siguientes canales:  

WhatsApp: 941 986 682  

Teléfono: Línea gratuita 113, opción 4  

Correo electrónico: sis@si.gob.pe  

Por estos canales también se puede verificar si ya están afiliados al SIS.

Hospital La Esperanza de EsSalud brindó atención integral a 7,600 niños

El Control de Crecimiento y Desarrollo del Niño es un conjunto de actividades periódicas y sistemáticas orientadas a evaluar el crecimiento y desarrollo del niño. Orlando León Rosales, director de dicho hospital, dijo que los controles son una oportunidad que tienen las familias de tener acceso a estas intervenciones.

 

El Hospital I La Esperanza de EsSalud La Libertad, a través del servicio Control de Crecimiento y Desarrollo del Niño – CRED, brindó una atención integral a un promedio de 7, 600 niños, tanto en la consulta externa, inmunizaciones, tamizaje de lucha contra la anemia, durante el presente año. La doctora Claudia Holguín Armas, jefa de la oficina de Coordinación de Prestaciones y Atención Primaria, manifestó que el Control de Crecimiento y Desarrollo del Niño es un conjunto de actividades periódicas y sistemáticas orientadas a evaluar el crecimiento y desarrollo del niño, con el fin de detectar oportunamente cambios y riesgos en su salud actual de nutrición y desarrollo.

 

Por su parte el doctor Orlando León Rosales, director de dicho hospital, informó que los controles de crecimiento y desarrollo en el niño son una oportunidad que tienen las familias de tener acceso a estas intervenciones. Es recomendable que los padres de familia deben cuidar esta primera etapa en sus niños. Agregó que el equipo de profesionales de este servicio, que lidera el Lic. Martin Florián Pérez tiene la responsabilidad de atender a los niños menores de 5 años en el control de crecimiento y desarrollo de las inmunizaciones tanto con las vacunas regulares como con las del Covid-19.

 

También en el despistaje y tratamiento de la anemia, logrando una atención del 95.17%, es importante destacar que el desarrollo de la niña y el niño en sus primeros años predice su progreso escolar. Puntualizó que los bebes de 6 meses están protegidos con la vacuna Covid-19 pediátrica, alcanzando un promedio de 220 vacunados. Al conmemorarse el primer aniversario de este servicio CRED, estuvieron presentes los bebes con sus padres, quienes son pacientes y personal de este servicio.

Declaran infundada demanda de inconstitucionalidad contra Ley del Referéndum

Esta sentencia fue emitida por los magistrados del Tribunal Constitucional: Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y Manuel Monteagudo Valdez. El magistrado César Ochoa Cardich emitió un voto singular a favor de declarar fundada la demanda.

 

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) por mayoría declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la Ley 31399, Ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional regulado en los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos. En los fundamentos de la sentencia (Exp. N.° 00001-2022-PI/TC) el TC realiza un análisis exhaustivo sobre la Ley 31399 y resuelve que la norma no contraviene la Constitución.

 

El Alto Colegiado aborda materias jurídico-constitucionales, como las vinculadas con el Poder Constituyente Originario y el Poder Constituyente Derivado, la Asamblea Constituyente en el derecho comparado, la reforma de la Constitución y el referéndum en una democracia representativa, entre otros, y toma en consideración los criterios emitidos por el Tribunal Constitucional a lo largo de su jurisprudencia. Igualmente, indica que el Poder Constituyente Derivado (o poder de reforma) se encuentra siempre reglado, por cuanto se trata de un Poder Constituido que reside en el Congreso de la República, al cual se le ha asignado la tarea de órgano revisor de la Constitución.

 

Con respecto a la Asamblea Constituyente, el TC, como guardián de la Constitución, advierte que el Congreso podría constitucionalizarla como una alternativa para la legitimación de los procesos de reforma. Sin embargo, en tanto no exista dispositivo expreso en la Constitución, es una alternativa antijurídica y solo posible mediante un acto contrario al derecho. Sobre los mecanismos de reforma de la Constitución de 1993 detalla que puede ser la reforma total o parcial a través del Parlamento en combinación con la consulta popular vía referéndum de forma ratificatoria.

Esto, siempre y cuando no implique alteración de las cláusulas pétreas de la Constitución (dignidad y derechos, forma de estado republicano, poderes limitados y régimen democrático). El TC indica también que el modelo constitucional peruano es una democracia representativa, la que funciona por medio de poderes constituidos reglados. El referéndum es una introducción reciente que amplía la participación ciudadana en la toma de decisiones políticas; sin embargo, se ejercitan como excepción y no como regla, y conforme a lo dispuesto por la Constitución.

 

Precisamente, el artículo 206 de la Constitución, define el diseño participativo: i) el Gobierno puede presentar una iniciativa de reforma constitucional, y ii) el pueblo participe a través de sus representantes libremente elegidos (en el Congreso ordinario), y ratifica la reforma por la vía del referéndum, salvo altos consensos ciudadanos plasmados en el Parlamento que arriben a los dos tercios. Esta sentencia fue emitida por los magistrados Francisco Morales Saravia, Luz Pacheco Zerga, Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro y Manuel Monteagudo Valdez. El magistrado César Ochoa Cardich emitió un voto singular a favor de declarar fundada la demanda.

(Enlace a la sentencia: N.° 00001-2022-PI/TC:  https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2022/00001-2022-AI.pdf)

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