Se
suscribió adenda sin sustento técnico y legal que eliminó restricción para que
sea comprador y obtuvo más de US$ 22 millones en reventa de lotes. Se ha identificado
presunta responsabilidad penal y administrativa de seis (6) funcionarios de
Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT).
La Contraloría
General de la República identificó que la suscripción de la Adenda 2 al
contrato de concesión del tercer componente del Proyecto Integral de Irrigación e Hidroenergético de Olmos (Proyecto
Olmos), en Lambayeque, benefició
a una empresa vinculada al concesionario H2Olmos
(integrada por Odebrecht) para la compra sin subasta de más de 11 mil hectáreas
de lotes agrícolas a US$ 6’976,282, que luego revendieron a US$ 22’493,036.00 El
Proyecto Olmos surge para el impulso de la actividad económica en la región
Lambayeque y actualmente se encuentra en operaciones con dos de sus tres componentes.
El primer componente consistió en la
construcción de una presa y el túnel trasandino de 20 Km. para el trasvase de
aguas del río Huancabamba hacia la
costa peruana (concluido y en operación); el segundo componente comprende la
producción de energía a través de una concesión perpetua (en ejecución). El
último componente abarca la construcción de infraestructura hidráulica para la
irrigación de lotes agrícolas del valle de Olmos, que eran propiedad del Gobierno Regional Lambayeque (concluido
y en operación).
De acuerdo al contrato de concesión del
tercer componente (Proyecto Irrigación Olmos), suscrito el año 2010, bajo la
modalidad de Asociación Público Privada (APP), entre la entidad regional y la
concesionaria H2Olmos, las 38 mil hectáreas que lo comprenden debían transferirse
a terceros, a través de subastas, como requisito para que la concesionaria realice
el cierre financiero necesario para la obtención del financiamiento de las
obras. El contrato de concesión establecía que los compradores de dichas
hectáreas no podían ser el concesionario, sus accionistas o empresas vinculadas
a ellos.
Antes que transcurran tres (3) años de la
firma del contrato, en mayo de 2012, al no obtener los resultados esperados en
dos subastas para la venta de los lotes y la obtención de un capital mínimo de US$
161’500,000, requerido por el contrato de concesión, dos entidades bancarias
que no habían sido designadas previamente como acreedores permitidos (entidad
que financia un proyecto) por el Gobierno Regional Lambayeque (Concedente), sugirieron
a la concesionaria modificar el contrato de concesión.
Dicha recomendación se dio pese a que la
normativa de APP no permitía la modificación del contrato de concesión dentro
de los tres primeros años de su suscripción, salvo se trate de un requerimiento
de los acreedores permitidos vinculado al cierre financiero, lo cual no había
ocurrido. Ante este pedido, el concesionario solicitó al Concedente una
modificación al contrato de concesión con el fin de permitir que una empresa vinculada
a H2Olmos adquiera directamente más de 11 mil hectáreas de lotes que habían
quedado pendientes de adjudicación.
La condición de acreedores permitidos que
debían tener las entidades bancarias que sugirieron la modificación del
contrato, así como el pedido del concesionario, no fueron analizados por el Proyecto
Especial Olmos Tinajones (PEOT), en su condición de supervisor, sin perjuicio
de lo cual, emitió su opinión favorable, lo que permitió la aprobación y firma
de la citada adenda, sin que haya de por medio la acreditación de la excepción
que haya permitido modificar el contrato dentro de los tres primeros años de la
concesión, ni el sustento técnico y económico financiero respectivo,
contraviniendo la normativa de APP vigente y el contrato de concesión.
Esta adenda permitió que se elimine la
restricción original del contrato de concesión, permitiendo que la
concesionaria adjudique de manera directa (sin subastas) 11,633.846 hectáreas
de lotes agrícolas a una de sus empresas vinculadas, por el monto mínimo
señalado en el contrato de concesión, eliminado la posibilidad de generar
excedentes a favor de las partes (concedente y concesionaria), por cuanto la
venta directa no permitió ofertas económicas mayores como sucede en el caso de
las subastas.
Así, el concesionario H2Olmos adjudicó tales hectáreas
a favor de una de sus empresas vinculadas (condición anteriormente restringida),
sin subastas y sin cumplir requisitos exigidos en las bases de las dos subastas
anteriores, por un monto de US$ 6’976,282.00 que, posteriormente, vendió en US$
22 493 036.00. Conforme al Informe
de Auditoría de Cumplimiento N° 9543–2020-CG/APP-AC (periodo de
evaluación: 30 de junio de 2008 al 05 de marzo de 2014), se ha identificado
presunta responsabilidad penal y administrativa de seis (6) funcionarios de
Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT), entidad supervisora que dio la
opinión favorable.
Sin embargo, dicha opinión no contó con el
sustento técnico y económico financiero respectivo, contraviniendo la normativa
de APP vigente y el contrato de concesión, para que el Gobierno Regional de
Lambayeque (Concedente) suscribiera la referida adenda en mayo del 2012. Los
resultados del informe de auditoría de cumplimiento fueron notificados al
Gobierno Regional Lambayeque y al Proyecto Especial Olmos Tinajones para que
dispongan el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las
responsabilidades de los funcionarios y servidores involucrados, así como a la
Procuraduría Pública de la Contraloría General para el inicio de las acciones
legales correspondientes.
El informe de auditoría también identificó
aspectos relevantes, uno de los cuales es la tramitación de permuta de terrenos
comprendidos en el área de la concesión del Proyecto Irrigación Olmos, en los
que no se habría considerado los requisitos legales establecidos en el
Reglamento Nacional de Tasaciones para la valoración comercial de terrenos del
Estado.