martes, 17 de marzo de 2009

GANADOR DE BUENA PRO PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN FALSA

El Consorcio G y G, conformado por las empresas Corporación Génesis S.A.C., Grupo de empresas constructoras industriales y afines S.R.L., HCB Contratistas Generales S.R.L. y Daniel Arturo Lazaro Obando, deberá responder por la presentación de un certificado falso, según el fallo del Tribunal de Contrataciones del Estado.

La ejecución del mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado de Ascope, cuya inversión asciende a 4 millones 451 mil 106.35 nuevos soles, sufrirá un importante retraso. En efecto, la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado mediante Resolución Nº 761-2009-TC-S2, dispuso declarar desierta la Licitación Pública Nº 001-2008/MPA y abrir expediente administrativo sancionador a los integrantes del Consorcio G y G, ganador de la buena pro, por la presentación de documentación falsa.

El Consorcio G y G, conformado por las empresas Corporación Génesis S.A.C., Grupo de empresas constructoras industriales y afines S.R.L., HCB Contratistas Generales S.R.L. y Daniel Arturo Lazaro Obando, deberá responder por la presentación de un certificado falso emitido supuestamente por el subgerente de proyectos y obras de Sedalib S.A., Ing. Juan Cieza Herrera donde certifica que el ingeniero Wilser Humberto Briones Gallardo laboró como ingeniero especialista en mecánica de suelos en obras de agua y desagüe.

Según el citado documento (presuntamente fraguado) este trabajo lo realizó en las localidades de Julcán, AA.HH. Simón Bolívar, AA.HH. Las Delicias, y AA.HH. La Cabaña, durante el periodo de agosto de 1998 a enero del 2000. Sin embargo, mediante Oficio Nº 191-2009-SEDALIB S.A.-40000-GG de fecha 03 de marzo de 2009, el Gerente General de Sedalib, Ing. Roberto Vigil Rojas, indica que la entidad a su cargo no ha emitido ningún certificado a nombre del ingeniero Wilser Humberto Briones Gallardo por no haber laborado para Sedalib S.A.

El tribunal de CONSUCODE determinó que, habiéndose vulnerado el principio de moralidad que rige las contrataciones públicas, corresponde descalificar de oficio la propuesta formulada por Consorcio G y G e iniciar procedimiento administrativo sancionador contra las empresas que lo conforman a efectos que se realice la investigación pertinente, y de ser el caso, remitir copia de los actuados a la Procuraduría del CONSUCODE para que formalice la correspondiente denuncia penal al Ministerio Público por delito contra la Fe Pública.

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