lunes, 2 de septiembre de 2019

Municipalidad de Víctor Larco estaría realizando cobros excesivos en arbitrios

Según informe de la Defensoría del Pueblo de La Libertad, la comuna victorlarquense mediante una ordenanza municipal modificó la aplicación de costos por concepto de arbitrios municipales. Sin embargo, no se estaría haciendo efectivo el reajuste a los vecinos/as.

La Defensoría del Pueblo en el marco de sus competencias de supervisión sobre el cumplimiento de deberes de la Administración Pública, recomendó a la Municipalidad Distrital de Víctor Larco proceder a la devolución de los cobros excesivos realizados  por concepto de arbitrios municipales a los vecinos/as de la Urbanización San Andrés V etapa. Hay que precisar que esta situación podría estar afectando a más de 800 ciudadanos de dicho sector.

Al respecto, el caso fue advertido por una ciudadana que tras revisar la Ordenanza N° 009-2014-MDVLH dio cuenta que debido al cambio de sectores en los planos catastrales se hizo un recálculo en el cobro de arbitrios, por lo que solicitó a la comuna la devolución del pago en exceso, el cual fue atendido de manera favorable. Cabe precisar que dicha ordenanza municipal aprobó el cambio del sector de los predios a partir de un estudio de distribución de costos de acuerdo a las características y el tipo de servicio que se brinda en la zona. 

Sin embargo, posteriormente la Municipalidad mediante Decreto de Alcaldía N°9-2018-MDVLH modificó la Ordenanza N° 009-2014-MDVLH, precisando que se trató de un error material y que las imposiciones de las tasas por conceptos de arbitrios realizadas a los vecinos de la zona en cuestión sí se ajustan a lo que realmente les corresponde, por tanto, no procederá el recálculo al resto de los vecinos/as, así como se declarará la nulidad de los actos que dispusieron la devolución.

Frente a los hechos expuestos, la Oficina Defensorial de La Libertad requirió al Alcalde de la Comuna de Víctor Larco evalúe la legalidad en la emisión del Decreto de Alcaldía N°9-2018-MDVLH, ya que de acuerdo al artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, una ordenanza municipal tiene carácter de ley y por tanto no se puede modificar su contenido esencial mediante una norma de inferior jerarquía, como es el decreto de alcaldía.

Asimismo, también se puso en conocimiento al Órgano de Control Institucional (OCI) de la comuna distrital para que de acuerdo a sus competencias evalúe e inicie las investigaciones que pudieran corresponder.

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