El dispositivo, que fue aprobado esta tarde por el Pleno del Congreso de la República, añade que las compras que pretendan ejecutar los gobiernos regionales y locales, deberán contar con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008.
El Pleno del Congreso aprobó, en su sesión vespertina, un dispositivo por la cual se le permite a determinadas instituciones y a los gobiernos regionales y locales que serán sedes de las reuniones descentralizadas del Foro Asia Pacifico Europa y el Caribe (APEC), a efectuar adquisiciones y contrataciones directas relacionadas con la realización de esta Cumbre. Esto a través de la precisión de los alcances de la sétima disposición final de la Ley del Presupuesto para el sector público del presente año.
En ese sentido, se precisa que se encuentran comprendidos dentro de esta disposición el Ministerio de Relaciones Exteriores, las instituciones que forman parte de la Comisión Ejecutiva Nacional creada a través de la Resolución Suprema 175-2004 –RE, así como los gobiernos y municipios mencionados en el párrafo anterior. Se establece que dichas entidades deberán efectuar contrataciones y adquisiciones en el marco de los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía y trato justo e igualitario.
Se añade que las compras que pretendan ejecutar los gobiernos regionales y locales, deberán contar con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008. Ello al establecerse que ése es el órgano responsable de la planificación, gestión e implementación de las actividades inherentes a las reuniones y eventos del Foro Asia Pacífico.
“La opinión de la Secretaría Ejecutiva expresará en cada caso, si la actividad propuesta se encuentra vinculada o no con las reuniones de APEC Perú en la ciudad sede, y se pronunciará sobre su pertinencia, oportunidad y conveniencia”, se indica. Adicionalmente se establece que dicha Secretaría no gestionará ningún tipo de ampliación presupuestal, a favor de los gobiernos regionales y locales que son sedes descentralizadas de las reuniones de APEC.
De igual manera el dispositivo refiere que las regiones y municipios son responsables de las contrataciones y adquisiciones que efectúen, al amparo de las excepciones previstas en la sétima disposición final de la Ley del Presupuesto, debiendo informar trimestralmente a la Contraloría General de la República sobre estas compras.
El Pleno del Congreso aprobó, en su sesión vespertina, un dispositivo por la cual se le permite a determinadas instituciones y a los gobiernos regionales y locales que serán sedes de las reuniones descentralizadas del Foro Asia Pacifico Europa y el Caribe (APEC), a efectuar adquisiciones y contrataciones directas relacionadas con la realización de esta Cumbre. Esto a través de la precisión de los alcances de la sétima disposición final de la Ley del Presupuesto para el sector público del presente año.
En ese sentido, se precisa que se encuentran comprendidos dentro de esta disposición el Ministerio de Relaciones Exteriores, las instituciones que forman parte de la Comisión Ejecutiva Nacional creada a través de la Resolución Suprema 175-2004 –RE, así como los gobiernos y municipios mencionados en el párrafo anterior. Se establece que dichas entidades deberán efectuar contrataciones y adquisiciones en el marco de los principios de moralidad, libre competencia, imparcialidad, eficiencia, transparencia, economía y trato justo e igualitario.
Se añade que las compras que pretendan ejecutar los gobiernos regionales y locales, deberán contar con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Organización de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel APEC 2008. Ello al establecerse que ése es el órgano responsable de la planificación, gestión e implementación de las actividades inherentes a las reuniones y eventos del Foro Asia Pacífico.
“La opinión de la Secretaría Ejecutiva expresará en cada caso, si la actividad propuesta se encuentra vinculada o no con las reuniones de APEC Perú en la ciudad sede, y se pronunciará sobre su pertinencia, oportunidad y conveniencia”, se indica. Adicionalmente se establece que dicha Secretaría no gestionará ningún tipo de ampliación presupuestal, a favor de los gobiernos regionales y locales que son sedes descentralizadas de las reuniones de APEC.
De igual manera el dispositivo refiere que las regiones y municipios son responsables de las contrataciones y adquisiciones que efectúen, al amparo de las excepciones previstas en la sétima disposición final de la Ley del Presupuesto, debiendo informar trimestralmente a la Contraloría General de la República sobre estas compras.
No hay comentarios:
Publicar un comentario