miércoles, 3 de junio de 2020

Contraloría realizará control posterior a compras de mascarillas comunitarias

“La primera observación que tenemos es más administrativa y es que toda resolución ministerial que aprueba algo requiere de un informe de la asesoría jurídica y que se basa en un informe del área técnica. Lo que hemos notado es que el Informe N° 003-EMRJ-2020, elaborado por una profesional de Enfermería, no tiene fecha”, dijo Shack Yalta.

La Contraloría General de la República realizará un servicio de control posterior ante el Ministerio de Salud (Minsa) por el proceso de compra de mascarillas de tela comunitarias, para lo cual se autorizó un presupuesto de S/ 35 millones según el Decreto de Urgencia N° 037-2020, y también se investigará el proceso de aprobación del documento de “Especificación Técnica para la confección de mascarillas faciales de uso comunitario” que sirvió para la elaboración de estos productos destinados a la población en situación de vulnerabilidad ante los contagios por COVID-19.

“Vamos a acreditar una acción de control posterior que va a analizar, primero si realmente estas mascarillas cumplen o no con las especificaciones que ha establecido el Minsa; y en segundo lugar, si realmente constituyen una barrera de protección eficaz”, dijo el contralor general Nelson Shack durante su presentación ayer en la sesión virtual de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores del Congreso. Asimismo, indicó que la Contraloría está a la espera de que el Minsa responda en los próximos días con las acciones correctivas solicitadas para superar o mitigar las observaciones detectadas en el Informe de Orientación de Oficio N° 023-2020-OCI/0191-SOO .

El informe recomienda que el documento denominado “Especificación Técnica para la confección de mascarillas faciales textiles de uso comunitario”, aprobado por Resolución Ministerial N° 135-2020-MINSA del 30 de marzo de 2020, requiere establecer precisiones y mejoras en algunos aspectos, a efectos de que las mismas brinden una mejor protección frente al COVID-19. “La primera observación que tenemos es más administrativa y es que toda resolución ministerial que aprueba algo requiere de un informe de la asesoría jurídica y que se basa en un informe del área técnica”, dijo Shack Yalta.
Lo que hemos notado es que el Informe N° 003-EMRJ-2020, elaborado por una profesional de Enfermería, no tiene fecha, y nos llama la atención que el informe ya cite a la resolución ministerial, lo cual no tiene un orden lógico”, agregó. En segundo lugar, el Contralor General precisó que luego del análisis de diversos documentos y opiniones de la Organización Mundial de Salud (OMS), Concytec y Senati, entre otras instituciones, se llegó a la conclusión de que el algodón no sería una opción óptima para la elaboración de mascarillas, ya que permite la entrada de diversos fluidos y no son resistentes a los líquidos, convirtiéndose en posibles fuentes de infección.

A esto se suma que el tejido de punto autorizado para la elaboración de las mascarillas en la resolución del Minsa no sería recomendable, por lo que correspondería mejorar esa especificación. También se advirtió que las terminologías usadas en las especificaciones técnicas no deben presentar términos en condicional, a fin de no generar confusión y dar a entender que no es obligatorio su cumplimiento. “Nuestra preocupación es que estas especificaciones técnicas están siendo usadas no solo para la contratación de mascarillas con recursos públicos sino con todo tipo de contrataciones en todo el Perú”, refirió el titular de la Contraloría General.

Shack Yalta recordó que en cumplimiento de la Ley N° 31016, aprobada por el Congreso, la Contraloría está desplegando una serie de informes de control simultáneo, cuyo objetivo es advertir de una serie de riesgos y posibles situaciones adversas a las entidades públicas para que se adopten las respectivas medidas correctivas.

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