jueves, 6 de agosto de 2020

Tribunal Constitucional supervisa Cumplimiento de Sentencias

 

A pesar de que las hermanas Marleny y Elita Cieza Fernández, de 18 y 19 años, lograron matricularse en la IE 16957 Jesús Divino Maestro, ubicada cerca de su casa, para estudiar el primer año de secundaria, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Utcubamba, Amazonas, no autorizó ni reconoció de manera excepcional sus matrículas.

 

El Tribunal Constitucional (TC) citó al ministro de Educación, Martín Benavides Abanto a la segunda audiencia pública remota de supervisión de cumplimiento de sentencia del Expediente 00853-2015-PA/TC. En dicho fallo se reconoció el derecho a estudiar a las hermanas Marleni y Elita Cieza Fernández y declaró un estado de cosas inconstitucional la accesibilidad a la educación de personas de extrema pobreza del ámbito rural.

 

Junto con el ministro Benavides se citó a la viceministra de Gestión Pedagógica, Diana Marchena y a la directora general de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, Nora Delgado, para que informen sobre lo que se ha realizado conforme a la sentencia. También, se invitaron al director regional de Educación Amazonas, Roger Guevara, así como el director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Utcubamba, Isaías Chávez; y la representante de la Oficina Defensorial de Amazonas, Genoveva Gómez.

 

Sobre esta audiencia de supervisión tienen conocimiento las hermanas Marleni y Elita Cieza Fernández. Como se recuerda, la sentencia ordenó al MINEDU el diseño, propuesta y ejecución de un plan de acción que en un plazo máximo de cuatro años que vencería el 28 de julio de 2021, año del bicentenario, pueda asegurar la disponibilidad y accesibilidad a la educación de niños, adolescentes y mayores de edad, de extrema pobreza del ámbito rural, empezando por los departamentos de Cajamarca, Amazonas, Ayacucho y Huancavelica.

Además, que informe al TC cada 6 meses, el avance de lo dispuesto en la sentencia de marzo de 2017. Las hermanas Cieza viven en el caserío La Flor, en el distrito de Cumba, donde no existe un Centro de Educación Básica Alternativa (CEBA) que impartiera el nivel de educación secundaria para adultos. La institución educativa más cercana estaba ubicada a cuatro horas de distancia de ida, dos horas caminando y otras dos horas en movilidad, más otras cuatro horas de vuelta, lo que hacía imposible que asistan diariamente.

 

A pesar de que las hermanas, de 18 y 19 años, lograron matricularse en la IE 16957 Jesús Divino Maestro, ubicada cerca de su casa, para estudiar el primer año de secundaria, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Utcubamba, Amazonas, no autorizó ni reconoció de manera excepcional sus matrículas.

 

El Tribunal Constitucional precisó en la sentencia que los artículos 16 y 17 de la Constitución exigen al Estado "asegurar que nadie sea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica" y que la "educación inicial, primaria y secundaria son obligatorias".

No hay comentarios:

Reserva de nombre para persona jurídica se realizará a través del SID Sunarp

Trámite de presentación de documentos ahora será únicamente virtual, sin uso de papel. Esta norma, permitirá dinamizar el tráfico jurídico d...