Entre enero y mayo del
presente año se inscribieron 1548 uniones de hecho, 14,33 % más que en el mismo
periodo de 2021. “Al inscribir la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes
garantizan el reconocimiento de sus derechos patrimoniales o de propiedad”,
subrayó el superintendente nacional de la Sunarp, Luis Longaray Chau.
Entre
enero y mayo del presente año, se inscribieron 1,548 uniones de hecho en todo
el país, 14,33% más que en el mismo periodo de 2021, cuando se registraron
1,354 uniones de hecho. La zona registral de Lima encabezó el listado con 424 uniones de hecho inscritas,
seguida de las zonas registrales de Trujillo
(190), Arequipa (176), Tacna (120), Huancayo (113), Chiclayo
(95), Piura (71), Cusco (71), Huaraz (62), Ica (52), Moyobamba (47), Pucallpa (44), Ayacucho
(43) e Iquitos (40).
Durante
el 2021 y en medio de la emergencia provocada por la COVID-19, 3664 parejas
decidieron inscribir su unión de hecho en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), siendo
Lima la zona registral más activa con 985 convivencias registradas. A
continuación, se ubicaron las zonas registrales de Arequipa (427), Trujillo
(410), Tacna (275), Chiclayo (253), Huancayo (233), Huaraz (174), Piura (165),
Cusco (149), Pucallpa (149), Moyobamba (135), Iquitos (120), Ica (108) y
Ayacucho (81).
La
unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una
mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir
deberes semejantes a los del matrimonio. En la práctica, es una especie de
matrimonio informal que debe inscribirse en el Registro Personal de la Superintendencia
Nacional de los registros Públicos (Sunarp) para garantizar el reconocimiento
de los derechos de ambos convivientes.
A
diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de
sociedad de gananciales o el régimen de separación de patrimonios, en la unión
de hecho se origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad
de gananciales en cuanto le fuera aplicable, siempre que dicha unión haya
durado por lo menos dos años; es decir, todos los bienes y rentas obtenidas
durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los cónyuges en partes
iguales.
De
allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro Personal de la
Sunarp. De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación,
así como la de su finalización —en caso se produjera—, ello con el objetivo de
diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a
cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
“Al
inscribir la unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan el
reconocimiento de sus derechos patrimoniales o de propiedad”, subrayó el
superintendente nacional de la Sunarp, Luis
Longaray Chau, quien agregó que el cese de la unión de hecho también debe
ser inscrito ante la Sunarp a través de una escritura pública, en la cual se
deberá liquidar la sociedad de gananciales.
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