El 202 Aniversario de la Independencia Nacional debe servir para
reforzar nuestra identidad. Quienes infrinjan lo dispuesto serán
sancionados pecuniariamente con multas, conforme al Régimen de Aplicación de
Sanciones Administrativas de la MPT.
Con motivo de celebrarse las Fiestas Patrias, desde la Municipalidad
Provincial de Trujillo recordaron la obligación de embanderar la ciudad,
incentivando en la comunidad los valores cívicos patrióticos, de identidad y de
respeto a nuestros símbolos patrios. Ello considerando que está vigente
la Ordenanza Municipal N° 041-2009-MPT, que dispone el embanderamiento general
de los inmuebles del distrito de Trujillo.
El artículo primero de la ordenanza dispone el embanderamiento
general con la Bandera Nacional, con motivo de conmemorarse el Aniversario de
la Independencia del Perú, del 01 al 31 de julio de cada año. El segundo
art. recomienda a los vecinos el pintado de las fachadas de sus inmuebles
para una mejor imagen y presentación del distrito, como muestra de respeto a
nuestro Aniversario Patrio; el art. tercero señala que se incluye a todos los
predios del distrito de Trujillo
En el cuarto se indica que el incumplimiento de la dispuesto en
la ordenanza así como las siguientes conductas constituyen faltas pasibles de
sanción: no izar la Bandera Nacional en los días establecidos; no contar con el
asta en el Bicolor Nacional; no arriar o dejar la bandera en estado de
abandono, fuera de las fechas establecidas para el izamiento; izar la Bandera
Nacional en mal estado de conservación, tales como rota, sucia, manchada,
descolorida o cualquier otro indicativo de deterioro.
Quienes infrinjan lo dispuesto serán sancionados pecuniariamente
con multas, conforme al Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de
la MPT.
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