jueves, 8 de febrero de 2018

Dictan prisión efectiva por negligencia médica contra pediatra

Además, pagará una reparación civil de 50 mil soles a favor de la madre de la menor agraviada. la recién nacida falleció el 18 de enero del año 2012 a consecuencia de una Enterocolitis Necrotizante por no habérsele prodigado los cuidados debidos ni haberse tomado las medidas urgentes y necesarias para evitar tal desenlace.

El Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, a cargo de la Dra. María del Rosario Milian Solar, logró se dicte un año de pena privativa de la libertad efectiva contra Juan Carlos Ramírez Larribiery, médico pediatra con especialidad en Neonatología del Hospital Víctor Lazarte Echegaray de EsSalud, por el delito de Homicidio Culposo en agravio de la menor de iniciales L.M.V.S.

En el final del juicio seguido contra Ramírez Larribiery y otros, fiscalía demostró la responsabilidad del acusado, ya que el citado médico, en su condición de tal, atendió a la agraviada recién nacida L.M.V.S, quien nació el 10 de enero del año 2012 a consecuencia de una operación de cesárea realizada a su señora madre, quien presentaba 30 semanas de gestación, encontrándose dentro de lo que los protocolos médicos determinan como un parto prematuro.

La paciente quedó internada en el Servicio de Neonatología del referido nosocomio donde debieron dársele cuidados extremos debido a que era “prematura extrema”. Debió maximizarse los cuidados para preservar su salud e integridad física. Sin embargo, la recién nacida falleció el 18 de enero del año 2012 a consecuencia de una Enterocolitis Necrotizante por no habérsele prodigado los cuidados debidos ni haberse tomado las medidas urgentes y necesarias para evitar tal desenlace.

La fiscal, Milian Solar, evidenció el actuar totalmente negligente del acusado, quien se encontraba de turno de la mañana en el Servicio de Neonatología el 18 de enero de dicho año, fecha en que falleció la menor agraviada, y a pesar de tener la obligación de permanecer en su unidad de atención médica, se ausentó de su Servicio antes de que cumpliera su horario de trabajo. Ministerio Público sustentó la mala conducta desplegada por el acusado durante el tiempo que tuvo a cargo la atención médica de la menor agraviada.

Incumplió una serie de deberes de cuidado que aumentaron de manera decidida el riesgo permitido, lo que contribuyó a la muerte de la recién nacida. La representante del Ministerio Público logró que el Juzgado Unipersonal dicte un año de pena privativa de la libertad efectiva, más el pago de 50 mil soles por concepto de reparación civil, a favor de la madre de la agraviada quien se vio afectada psicológicamente por la pérdida de su primogénita. El sentenciado se encuentra con orden de captura.

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