Fiscalía logró condena de 7 años de cárcel a notario por falsedad ideológica, pero él y 8 involucrados más siguen en calidad de prófugos. Esta sanción administrativa disciplinaria nace como consecuencia de la queja presentada ante el Consejo de Notariado por Fernando Jesús, Mauricio Martín y Gabriel Sebastián Velásquez Cueva.
“Hemos venido a dar cumplimiento de lo dispuesto por las Resoluciones del Consejo de Notariado N°127-2017, de fecha 05/12/17 y N°141-2017 de fecha 18/12/17 la cual impone sanción de cierre temporal del oficio notarial de Héctor Martín de Lama Herrera”, afirmó Eugenio Marcial Muñoz Layza, Decano del Colegio de Notarios de La Libertad. La suspensión de la notaría ubicada en el distrito de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad rige por 45 días, es decir no habrá atención al público hasta el 03 de junio del 2018.
Para la expedición de partes notariales, testimonios y completar cualquier procedimiento protocolar será atendido por el notario de Pacasmayo, César Torres Gonzales. Esta sanción administrativa disciplinaria nace como consecuencia de la queja presentada ante el Consejo de Notariado por Fernando Jesús, Mauricio Martín y Gabriel Sebastián Velásquez Cueva contra el notario Héctor Martín de Lama Herrera por irregularidades en la tramitación de una prescripción adquisitiva de dominio de un bien inmueble del cual son copropietarios.
Estas mismas personas lo denunciaron penalmente y en enero del presente año, la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Pacasmayo logró que el Poder Judicial condene al notario Héctor Martín de Lama Herrera a 7 años 2 meses de pena privativa de la libertad efectiva como autor de los delitos contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica y ocultamiento de documentos en agravio de la sucesión Velásquez Cueva, Sunarp y el Ministerio de Justicia. El sentenciado deberá pagar una reparación civil de S/ 65,500 a favor de los agraviados y una multa de casi S/ 14,000.
Doris Arlita Rojas Tirado y Luis Jiménez Ramos también fueron condenados a 4 años de pena privativa de la libertad como autores del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica en agravio de la sucesión Velásquez Cueva y Sunarp. Doris Rojas deberá cancelar una reparación civil de S/ 103,500 y una multa de casi S/ 12,000. Luis Jiménez pagará S/ 53,500 de reparación civil y una multa de casi S/ 10,000. Asimismo, Gustavo Abraham Mora Rivasplata, Alan Francisco Farro Argomedo, Consuelo Elizabeth Vera Linares y Henry Alberto Sulen Chávez fueron sentenciados a 4 años de pena privativa de la libertad como cómplices primarios del mismo delito.
Ellos deberán abonar una reparación civil de S/ 15,000 cada uno a favor de los agraviados y una multa que va desde los S/ 3,600 hasta casi S/ 12,000 según corresponda. Telmo Alberto Saman Solano y Deysi Veronica Ventura Merlo fueron condenados a 4 años y 6 meses de pena privativa de la libertad como cómplices primarios del mismo delito en agravio de la sucesión Velásquez Cueva, Municipalidad Distrital de Gudalupe y Sunarp. Ellos deberán pagar una reparación civil de S/ 107,000 y una multa de S/ 29,166 y S/ 3,541 respectivamente.
Para todos los mencionados, el juez del Juzgado Penal Unipersonal de Pacasmayo dictó orden de ubicación y captura, que debe cumplir la PNP pero aún hasta la fecha siguen prófugos. Doris Arlita Rojas Tirado con documentación falsa acude a la notaría y tramita una prescripción adquisitiva de dominio vía notarial, hace el trámite y se le declara propietaria por el notario Héctor Martín de Lama Herrera y lo inscribe en Registros Públicos. A los pocos días transfiere las acciones y derecho a dos personas diferentes Luis Jiménez Ramos (75%) y Gianfranco Morey (25%).
Estos, luego de inscribir el derecho vuelven a transferir la propiedad a la pareja de esposos Telmo Alberto Saman Solano y Deysi Veronica Ventura Merlo, quienes a partir de la formalización de compra - venta y posterior inscripción en Registros Públicos, recién sale a la luz, esta nueva propiedad adquirida, que tiene un origen ilícito. El inmueble urbano termina en poder de dicha pareja que se beneficia con el predio y un crédito hipotecario de 130 mil dólares. Los otros procesados Mora, Zulen, Farro y Vera, actuaron suscribiendo la solicitud de prescripción y declaraciones juradas que afirmaban conocer a la acusada y que poseía el predio, lo cual era falso según la investigación.
Otra persona que había firmado a favor de la prescripción para Rojas Tirado se retractó y aclaró que lo hizo de favor, sin conocer de qué se trataba. El predio pertenece a la sucesión Velásquez Cueva, y está ubicado entre los jirones Ayacucho y Alianza en Guadalupe, provincia de Pacasmayo, departamento de La Libertad. En los próximos días el Poder Judicial definirá fecha y hora de la audiencia de segunda instancia de este caso.
2 comentarios:
Está información es falsa
En primer lugar la sentencia del juzgado penal se San Pedro de lloc está en apelación y será resuelta en Trujillo esto no es cosa juzgada
El proceso penal está plagado de irregularidades y es una pena exagerada que no se condice de lo actuado en el proceso el que está viciado por presiones de los Velásquez cueva, no se puede dar una noticia como si fueran hechos consumados
Está nota atenta contra las garantías del derecho de información y está orientada a darle un tamiz mediático a un proceso simple originado por una prescripción adquisitiva de un terreno, cuyos documentos aún no han sido legalmente declarados falsos
Se ha hecho la información sin tomar ni preguntar a las partes sus versiones solo con la intención de presionar a las autoridades y desprestigiar a las partes. La reparación civil también está en apelación
Mi estimado amigo (anónimo).
Para comenzar debo aclararle que aquí nadie está inventando nada, la nota informativa sobre la sentencia en primera instancia, proviene de la oficina de imagen del Ministerio Público; por lo tanto, es a ellos a quienes deberían acudir con sus reclamos en defensa del señor Lama Herrera.
Como segundo punto, desde el momento en que se emite una sentencia (así sea en primera instancia) y el demandado no se pone a derecho, de acuerdo a lo que específica el código penal, eso se considera como contumacia. En este caso concreto, si el señor Lamas Herrera considera que se está cometiendo una injusticia en su contra, debería ponerse a Derecho y ejercer su Defensa y no evadir a la justicia.
Ahora, si el señor considera a bien hacer sus descargos a través de nuestro medio, estamos prestos a escuchar su versión, pero que lo haga directamente y sin intermediarios que incluso se escudan en el anonimato para insultar y amenazar.
Nosotros durante los 11 años que tenemos ejerciendo el periodismo digital, nunca hemos negado su Derecho a descargo a nadie; tampoco nos prestamos a ningún tipo de campaña difamatoria contra nadie.
Espero haber sido lo suficientemente claro y desde ya hacemos de vuestro conocimiento que no se publicará ningún otro tipo de comentario que venga firmado como anónimo. Identifíquense debidamente y tendrán acceso a todos los comentarios que gusten hacer, siempre y cuando se guarden las formas y modales bien intencionados.
Atte:
José Alayo Chinchayán
Director "Digital Press"
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