Osinergmin dispuso corte del servicio en cumplimiento con la Ley de Concesiones Eléctricas. Hidrandina realizó las notificaciones respectivas a los titulares de los dos suministros que proveen de energía al mencionado mercado, con fecha 11 y 19 de mayo, en los cuales se les otorgó plazos para realizar el levantamiento de las observaciones.
Durante una inspección realizada por la Municipalidad Provincial de Trujillo y Defensa Civil a inicios del mes de mayo, se detectaron deficiencias en las instalaciones eléctricas en el centro de abastos La Hermelinda, las cuales constituyen un nivel de riesgo muy alto tanto para las personas que residen dentro del lugar como para la población que acudía diariamente a adquirir sus productos de primera necesidad. A través de un documento enviado el pasado 11 de mayo y dirigido hacia Hidrandina S.A. y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, la Municipalidad solicita a ambas instituciones proceder conforme a sus competencias y facultades.
Al haberse acreditado fehacientemente que el centro de abastos La Hermelinda no cumple con las condiciones de seguridad necesarias, es decir, el establecimiento cuenta con observaciones relevantes con respecto al riesgo eléctrico, esto además de la existencia de productos altamente inflamables y vías de evacuación obstruidas constituyen un riesgo inminente ante incendio y/o colapso, según lo corroborado por el equipo de inspectores, Hidrandina realizó las notificaciones respectivas a los titulares de los dos suministros que proveen de energía al mencionado mercado, con fecha 11 y 19 de mayo, en los cuales se les otorga plazos para realizar el levantamiento de las observaciones.
Sin embargo, dichas observaciones no han sido levantadas en su totalidad. Por lo cual, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas – OSINERGMIN, con Oficio N° 389-2020-OS/OR LA LIBERTAD de fecha 25 de mayo, dispone el corte del servicio en cumplimiento a la Ley N°28151 y al Artículo 90° de la Ley de Concesiones Eléctricas D.L. 25844, disposición ejecutada por Hidrandina el día de ayer 26 de mayo en horas de la tarde. Es importante recalcar que el Artículo 90° de la Ley de Concesiones Eléctricas faculta a Hidrandina a efectuar el corte inmediato del servicio, sin necesidad de aviso previo al usuario cuando se ponga en peligro la seguridad de las personas.
Cabe señalar que, en este caso, el corte de servicio se realiza por desperfecto de las instalaciones involucradas; estando ellas bajo la administración de la empresa, o sean instalaciones internas de propiedad del usuario. A pesar de esto, Hidrandina notificó a los usuarios titulares de los suministros el día de ayer a través de documentos enviados por la Gerencia Comercial de la empresa.
Finalmente, cabe mencionar que OSINERGMIN autorizará la reposición del suministro eléctrico al mercado La Hermelinda cuando el órgano competente del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres u área equivalente de la Municipalidad Provincial de Trujillo, en este caso Defensa Civil, informe que se han superado las deficiencias de riesgo eléctrico encontradas en el lugar.
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