viernes, 5 de junio de 2020

Mandatos y poderes, transferencia de vehículos y constitución de empresas será obligatoria

La Superintendencia Nacional de Registros Públicos señala que se podrán realizar a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp). Medida tiene alcance nacional y fomenta la reactivación económica durante estado de emergencia nacional por Covid-19.

Con el objetivo de promover la virtualización de trámites y servicios, así como fomentar la reactivación de la actividad económica en todo el país, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso que la presentación -a nivel nacional- de los partes notariales con firma digital para la inscripción de mandatos y poderes, constitución  de sociedades y EIRL y transferencias vehiculares, se realice obligatoriamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID), plataforma tecnológica que permite realizar el procedimiento registral electrónicamente, sin necesidad de llenar formularios físicos ni acudir a una oficina de la Sunarp, bajo altos estándares de seguridad.

El titular de la Sunarp, Harold Tirado, destacó el compromiso de la institución por sumar esfuerzos para garantizar la reactivación de la actividad económica en el país tras la declaratoria del estado de emergencia por la amenaza del Covid-19. “A través de la virtualización de los trámites registrales, se están dando las facilidades para que la reactivación económica del país se produzca sin trabas y con total seguridad”, explicó. De acuerdo a la Resolución N° 064-2020-SUNARP/SN, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, a partir del próximo 8 de junio, la presentación de mandatos y poderes deberá realizarse exclusivamente a través del SID-Sunarp.

En tanto, la presentación de partes notariales para la inscripción de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada será obligatoria mediante la mencionada plataforma tecnológica a partir del 10 de junio. Asimismo, se dispone que, desde el 15 de junio, la presentación de partes notariales conteniendo los actos de compraventa, donación, dación en pago, anticipo de legítima y permutas de vehículo a inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular se efectúe exclusivamente mediante el SID-Sunarp.

Al prescindir del papel en el procedimiento de inscripción registral, el uso de la firma digital en el registro ha logrado ser una medida eficaz en la lucha contra la falsificación documentaria y busca que el ciudadano no acuda a la Oficina Registral para presentar un título. En la actual emergencia sanitaria nacional por el Covid-19, este detalle resulta fundamental, pues se debe evitar la manipulación de documentos y suprimir trámites presenciales que pueden llevar a situaciones de aglomeración en las Oficinas Registrales.

“Otro de los beneficios del empleo del SID-Sunarp es el establecer una comunicación inmediata al correo electrónico del ciudadano sobre el estatus del trabajo notarial y registral, así como garantizar una mayor rapidez en el trámite registral. Del mismo modo, se genera un importante ahorro de tiempo y dinero al ciudadano, pues ya no tiene que desplazarse a una oficina registral para realizar su trámite”, señaló el Superintendente Nacional de los Registros Públicos. Los usuarios podrán tramitar la inscripción de los mandatos y poderes, transferencia de vehículos, así como la constitución de empresas, a través de las notarías previamente inscritas al SID-Sunarp a nivel nacional.

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