Objetivo es asegurar el
suministro de agua en distritos comprometidos y garantizar que no se
perjudiquen las actividades agrícolas y ganaderas. Mediante Decreto Supremo N°
149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El
Peruano, se detalla los distritos donde se dispone el estado de emergencia.
El Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en varios
distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca,
por peligro inminente ante déficit hídrico, por el plazo de sesenta (60) días
calendario. La medida establece la ejecución de una serie de medidas y acciones
de excepción, inmediatas y necesarias para reducir y mitigar el muy alto riesgo
existente en 136 distritos de las 5 regiones antes mencionadas. Mediante
Decreto Supremo N° 149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del
Diario Oficial El Peruano, se detalla los distritos donde se dispone el estado
de emergencia.
Tanto los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura,
Lambayeque, La Libertad y Cajamarca, así como las municipalidades comprendidas,
en coordinación técnica y seguimiento del Instituto
Nacional de Defensa Civil (INDECI), Ministerio
de Salud, Ministerio de Educación,
Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, y demás
instituciones públicas y privadas involucradas articularán la ejecución de
actividades que busquen la reducción de la emergencia debido al posible déficit
hídrico.
La implementación de las acciones previstas se
financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados. La
Autoridad Nacional del Agua explicó que durante la temporada de lluvias del año
2020 no se cumplió las expectativas hídricas debido a la falta de lluvias en el
norte del Perú comprometiéndose la cantidad del recurso hídrico almacenado en
las grandes represas y fuentes de agua.
En ese sentido, el Ejecutivo publicó el Decreto
Supremo N° 149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario
Oficial El Peruano que permite realizar acciones inmediatas entre los 3 niveles
de Estado junto a entidades privadas para asegurar el suministro de agua en los
distritos comprometidos y garantizar que no se perjudiquen las actividades
agrícolas y ganaderas de esa parte del país.
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