domingo, 13 de septiembre de 2020

Declaran a Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca en emergencia hídrica

Objetivo es asegurar el suministro de agua en distritos comprometidos y garantizar que no se perjudiquen las actividades agrícolas y ganaderas. Mediante Decreto Supremo N° 149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se detalla los distritos donde se dispone el estado de emergencia.

 

El Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca, por peligro inminente ante déficit hídrico, por el plazo de sesenta (60) días calendario. La medida establece la ejecución de una serie de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias para reducir y mitigar el muy alto riesgo existente en 136 distritos de las 5 regiones antes mencionadas. Mediante Decreto Supremo N° 149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se detalla los distritos donde se dispone el estado de emergencia.

 

Tanto los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Cajamarca, así como las municipalidades comprendidas, en coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Agricultura y Riego, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas articularán la ejecución de actividades que busquen la reducción de la emergencia debido al posible déficit hídrico.

La implementación de las acciones previstas se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados. La Autoridad Nacional del Agua explicó que durante la temporada de lluvias del año 2020 no se cumplió las expectativas hídricas debido a la falta de lluvias en el norte del Perú comprometiéndose la cantidad del recurso hídrico almacenado en las grandes represas y fuentes de agua.

 

En ese sentido, el Ejecutivo publicó el Decreto Supremo N° 149-2020-PCM publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano que permite realizar acciones inmediatas entre los 3 niveles de Estado junto a entidades privadas para asegurar el suministro de agua en los distritos comprometidos y garantizar que no se perjudiquen las actividades agrícolas y ganaderas de esa parte del país.

No hay comentarios:

Reserva de nombre para persona jurídica se realizará a través del SID Sunarp

Trámite de presentación de documentos ahora será únicamente virtual, sin uso de papel. Esta norma, permitirá dinamizar el tráfico jurídico d...