sábado, 28 de junio de 2008

GOBIERNO CENTRAL OFICIALIZA NUEVA LEY DE SERVICIO MILITAR VOLUNTARIO

En su articulado dispone, además, que a partir de 2009 quedarán sin efecto la Boleta Militar y Libreta Militar, de tal manera que los datos de los inscritos serán trasladados desde el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) al Ministerio de Defensa.

Con la inclusión de ventajas académicas y posibilidades de formación técnico-laboral, el Poder Ejecutivo oficializó hoy la Nueva Ley del Servicio Militar para regular esta actividad de carácter voluntario y conceder valioso concurso de capital humano a las Fuerzas Armadas. De acuerdo a la ley 29248, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la norma entrará en vigencia el 1 de enero del 2009 y permitirá la inscripción de jóvenes que hayan cumplido 18 años de edad y que deseen prestar el servicio de manera voluntaria.

El dispositivo también prohíbe el reclutamiento forzoso de reclutas y reconoce, asimismo, el derecho a sufragio de todo el personal inscrito tanto del Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. En su articulado dispone, además, que a partir de 2009 quedarán sin efecto la Boleta Militar y Libreta Militar, de tal manera que los datos de los inscritos serán trasladados desde el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) al Ministerio de Defensa.

Los jóvenes inscritos en el Reniec a los 17 años recibirán su Documento Nacional de Identidad (DNI), que tendrá una vigencia de ocho años y en él constará el número de mesa de votación diferida, la cual será activada automáticamente cuando cumplan los 18 años. Del mismo modo, las Oficinas de Registro Militar seleccionarán y organizarán el servicio militar tanto para el caso del servicio en el activo como de la reserva, destinados a la Defensa Nacional, y sólo aquellos que hayan prestado servicio militar recibirán su Libreta Militar como acreditación de su servicio al país.

Esta norma ratifica el concepto voluntario del servicio militar, garantizando los derechos individuales de los que realizan dicho servicio, por medio de la creación de la Oficina de Asistencia al Personal del Servicio Militar, cuya finalidad es velar por el respeto de los derechos fundamentales de la persona. Asimismo, la nueva ley establece ventajas académicas que motivará la formación técnico-laboral y la formación militar de los reclutas voluntarios. El texto también establece que los seleccionados para el servicio activo deben tener aptitud psicofísica, de acuerdo con el reglamento de cada institución de las Fuerzas Armadas.

Entre los criterios de selección de voluntarios figuran su ocupación, grado de instrucción, así como destrezas y habilidades afines a las del servicio activo. Otro de los alcances de la ley establece que los servidores en el activo recibirán una asignación mensual que alcanzará el 10 por ciento de la Unidad Impositiva Tributaria, aproximadamente 350 nuevos soles.

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