Unidades habilitadas no deberán tener más de cinco (05) años de antigüedad y contarán con tolva metálica; además, en el momento del traslado de sustancias fiscalizadas, deberán estar presididos por un vehículo de resguardo que cuente con equipo de primeros auxilios, antídotos, y equipo de emergencia.
La Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones, abogada Carmen del Pilar Malca Aguilar, informó que hay nuevas disposiciones para la inscripción de las empresas de transportes o transportistas que realicen transporte de carga de materiales peligrosos como Cianuro de Sodio, Mercurio y Carbón Activado, sustancias fiscalizadas en la Región. Anotó, que su acato será fiscalizado a las empresas de transporte que trasladen estos materiales y se inscriban en el registro único de transportistas, expidiéndoles un certificado de habilitación por cada vehículo.
El objetivo es cumplir con el Artículo 5º de la Ley 28256, Artículo 3º de la Ley 29023 y Ordenanza Regional Nº 008-2007 que establece la competencia de esta dependencia. Para esto deberán contar con póliza de seguros que cubra los gastos ocasionados por los daños personales, materiales y ambientales derivados de los efectos de un accidente generado por la carga, ocurrido durante dicha operación. Asimismo, SOAT, brevete A III y dos años mínimo de experiencia, certificado de capacitación, de operatividad vigente, constatación de características específicas y titulo de propiedad o contrato de arriendo.
Estos deberán acreditar que se cuenta con instalaciones propias o de terceros debidamente acondicionadas y a una distancia de trescientos metros (300) de centros educativos, hospitales y mercados. “Las unidades habilitadas no tendrán más de cinco (05) años de antigüedad para el transporte de estos materiales y se realizará en las que tengan tolva metálica; además, en el momento del traslado de sustancias fiscalizadas, deberán estar presididos por un vehículo de resguardo que cuente con equipo de primeros auxilios, antídotos, y equipo de emergencia”, señaló Malca Aguilar.
Agregó, que la supervisión de estos vehículos es con el apoyo de la Policía Nacional, el Instituto Nacional de Defensa Civil y los Bomberos del Perú. Las faltas son leves, graves y muy graves. Y sanciones con amonestación escrita, multa, suspensión y/o revocación de la autorización, decomiso de materiales, y por no cumplir las normas de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). Los inspectores ya empezaron a fiscalizar y las multas fluctúan entre 0.50, 1 y 2 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), o sea, mil 775 nuevos soles, 3 mil quinientos cincuenta y 7 mil 100 nuevos soles, puntualizó.
Finalmente, la gerente dijo que los ciudadanos que se dediquen o deseen dedicarse a este negocio tendrán que hacerlo con mucha responsabilidad, ya que implica velar por la seguridad y vida de las personas, así como respetar el marco legal que tiene nuestro país.
La Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones, abogada Carmen del Pilar Malca Aguilar, informó que hay nuevas disposiciones para la inscripción de las empresas de transportes o transportistas que realicen transporte de carga de materiales peligrosos como Cianuro de Sodio, Mercurio y Carbón Activado, sustancias fiscalizadas en la Región. Anotó, que su acato será fiscalizado a las empresas de transporte que trasladen estos materiales y se inscriban en el registro único de transportistas, expidiéndoles un certificado de habilitación por cada vehículo.
El objetivo es cumplir con el Artículo 5º de la Ley 28256, Artículo 3º de la Ley 29023 y Ordenanza Regional Nº 008-2007 que establece la competencia de esta dependencia. Para esto deberán contar con póliza de seguros que cubra los gastos ocasionados por los daños personales, materiales y ambientales derivados de los efectos de un accidente generado por la carga, ocurrido durante dicha operación. Asimismo, SOAT, brevete A III y dos años mínimo de experiencia, certificado de capacitación, de operatividad vigente, constatación de características específicas y titulo de propiedad o contrato de arriendo.
Estos deberán acreditar que se cuenta con instalaciones propias o de terceros debidamente acondicionadas y a una distancia de trescientos metros (300) de centros educativos, hospitales y mercados. “Las unidades habilitadas no tendrán más de cinco (05) años de antigüedad para el transporte de estos materiales y se realizará en las que tengan tolva metálica; además, en el momento del traslado de sustancias fiscalizadas, deberán estar presididos por un vehículo de resguardo que cuente con equipo de primeros auxilios, antídotos, y equipo de emergencia”, señaló Malca Aguilar.
Agregó, que la supervisión de estos vehículos es con el apoyo de la Policía Nacional, el Instituto Nacional de Defensa Civil y los Bomberos del Perú. Las faltas son leves, graves y muy graves. Y sanciones con amonestación escrita, multa, suspensión y/o revocación de la autorización, decomiso de materiales, y por no cumplir las normas de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). Los inspectores ya empezaron a fiscalizar y las multas fluctúan entre 0.50, 1 y 2 Unidad Impositiva Tributaria (UIT), o sea, mil 775 nuevos soles, 3 mil quinientos cincuenta y 7 mil 100 nuevos soles, puntualizó.
Finalmente, la gerente dijo que los ciudadanos que se dediquen o deseen dedicarse a este negocio tendrán que hacerlo con mucha responsabilidad, ya que implica velar por la seguridad y vida de las personas, así como respetar el marco legal que tiene nuestro país.
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