miércoles, 4 de febrero de 2009

INSCRIPCIONES DE MAESTROS PARA EVALUACIÓN POR UN CONTRATO SON GRATIS

Sobre la evaluación que se desarrollará el domingo 15, en todas las regiones del país, el diario El Peruano publicó hoy el Decreto Supremo Nro. 002-2009-ED, que aprueba la directiva del Ministerio de Educación. Esta norma señala los requisitos que deberán presentar los postulantes al concurso, al momento de su inscripción.

Los plazos y fechas son parte del calendario escolar y fue acordado en enero último con los 26 directores regionales, dijo el viceministro Víctor Raúl Díaz Chávez. Los trámites administrativos, de inscripción y presentación de expedientes al proceso de evaluación de los maestros que desean contratar con el Estado en el presente año lectivo, son totalmente gratuitos, señaló hoy el viceministro de Gestión Institucional. También indicó que los plazos y fechas previstas para la evaluación se ajustan al calendario establecido por el Ministerio de Educación.

Ambos fueron asumidos, en enero pasado, como un compromiso formal por los 26 directores regionales de educación, reunidos en el Centro Vacacional Huampaní. “Las Direcciones Regionales de Educación (DRE) y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) de todo el país, tienen la experiencia y capacidad suficientes para sacar adelante el proceso”, dijo Díaz Chávez, tras asegurar que este tipo de pruebas se han desarrollado sin dificultades en otras oportunidades.

Sobre la evaluación que se desarrollará el domingo 15, en todas las regiones del país, el diario El Peruano publicó hoy el Decreto Supremo Nro. 002-2009-ED, que aprueba la directiva del Ministerio de Educación. Esta norma señala que los postulantes al concurso, al momento de su inscripción, deberá presentar su expediente con la siguiente documentación: copia del DNI, carné de identidad o de extranjería, currículum vitae documentado, certificado de discapacidad y una declaración jurada.

El docente postulante deberá tener en consideración la modalidad, forma, nivel, ciclo y especialidad de su título pedagógico, en concordancia con las plazas publicadas en la UGEL o DRE donde postula. Asimismo, establece que ningún maestro podrá asumir el cargo si no tiene resolución de contrato, con excepción de los casos por reemplazo de personal con licencia por maternidad o incapacidad temporal para el trabajo. La resolución que aprueba el contrato suscrito es el documento y condición indispensable e insustituible para que el docente inicie sus labores.

Se remarca que los profesores destituidos por violación de la libertad sexual o con antecedentes penales por otros delitos dolosos, están impedidos para ser contratados en las plazas vacantes y debidamente presupuestadas. La directiva para la contratación de docentes en las Instituciones de Educación Básica y Técnico – Productiva, asegura la relación laboral del contratado.

Asimismo, el pago oportuno de los derechos, remuneraciones y beneficios que se deriven del mismo. El Peruano también publicó hoy la Resolución Jefatural Nro. 0161-2009-ED que aprueba la Directiva Nro. 013-2009-ME/SG-OGA-UPER relacionada al proceso para contratar docentes en el presente año lectivo.

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