domingo, 26 de diciembre de 2010

NINGÚN LOCAL DE VENTA DE GAS DE PAIJÁN CUENTA CON LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

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“Ya hemos notificado a estos locales que no cumplen con las normas de seguridad, sin embargo hacen caso omiso por lo que pasaremos el expediente al área coactiva para que tome las medidas legales en salvaguarda de la integridad de los paijanenses”, señaló el funcionario municipal Richard Vigo García.

En verdaderas bombas de tiempo se constituyen los locales de venta de gas doméstico que operan en el distrito de Paiján pues, a la fecha, ninguno de estos cuenta con el permiso de OSINERGMIN ni la licencia de funcionamiento expedida por la municipalidad, reveló el arquitecto Richard Vigo García, encargado de la fiscalización en la comuna paijanense. Lo más preocupante es que uno de estos locales funciona próximo a un jardín de niños y otros dos en plena plaza de armas de Paiján.

“Sólo una persona, la señora Mónica Álvarez, viene gestionando su licencia de funcionamiento ante la municipalidad con mucha responsabilidad. Ya hemos notificado a estos locales que no cumplen con las normas de seguridad, sin embargo hacen caso omiso por lo que pasaremos el expediente al área coactiva para que tome las medidas legales en salvaguarda de la integridad de los paijanenses”, señaló el funcionario municipal.

Por su parte, el Jefe Regional Trujillo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minas (OSINERGMIN), César Matos Peralta, señaló que son las municipalidades las que otorgan la licencia de funcionamiento para los establecimientos que comercializan diversos tipos de combustibles como gasolinas, diesel y combustible GLP, más conocido como gas doméstico.

“Osinergmin tiene la competencia de otorgar los informes técnicos favorables y las fichas de registro. Pero el hecho que un establecimiento tenga un informe técnico favorable y la ficha de registro aprobada por Osinergmin, no significa que la municipalidad deba otorgarle la licencia”, advirtió el funcionario. Agregó que Osinergmin no ve ni califica si en un determinado predio se puede desarrollar o no actividades de comercialización y manipulación de combustibles.

“La única autoridad que puede determinar si funciona o no un establecimiento de venta de combustible es la municipalidad”, precisó Matos Peralta. “Hemos encontrado que venden el gas en las bodegas, ferreterías y en ambientes de una sola habitación lo cual constituye una infracción a la norma dado que no se puede vender gas conjuntamente con otros productos, la venta de combustible debe ser exclusiva”, acotó.

Asimismo, Matos Peralta invocó a los conductores de negocios que reciban al público en sus locales a tener en cuenta las normas mínimas de seguridad eléctrica y a los funcionarios municipales a vigilar el cumplimiento de las mismas. De acuerdo al Decreto Supremo 034-2007 de la Presidencia del Consejo de Ministros, las entidades competentes para la fiscalización de establecimientos públicos como farmacias, cabinas de internet, restaurantes, bodegas o cualquier otra actividad comercial son las municipalidades.

“Sin embargo, hasta el momento no hemos recibido solicitudes de corte de suministro por riesgo eléctrico lo cual nos preocupa. Esto puede deberse a que carecen de los inspectores técnicos de defensa civil acreditados o porque desconocen las competencias para las que están facultados”, concluyó.

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