miércoles, 7 de marzo de 2012

SUNARP IMPLEMENTA MECANISMO PARA COMBATIR LA FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS

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El Bloqueo por presunta falsificación de documentos, fue aprobado mediante Resolución N° 019-2012-SUNARP/SN, del 27 de febrero de 2012 el mismo que entrará en vigencia a los 45 días hábiles desde su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Con el fin de combatir eficazmente a los falsificadores que pretendan apropiarse indebidamente de propiedades muebles, inmuebles y asociaciones, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), implementó la anotación del Bloqueo por presunta falsificación de documentos, que regula el procedimiento, requisitos y efectos del bloqueo. Esta medida constituye un mecanismo temporal de prevención, cuyo objetivo es poner en conocimiento de las personas que actúan en el tráfico jurídico, respecto de asientos registrales que se encuentran cuestionados en las oficinas registrales.

Asimismo, con esta anotación se pretende asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva a emitirse por el Poder Judicial, mediante la cual se declare la nulidad de los asientos o eventualmente de toda la partida registral, debido a que las inscripciones se sustentaron en un título que contiene presuntamente documentos falsificados. El Bloqueo por presunta falsificación de documentos, fue aprobado mediante Resolución N° 019-2012-SUNARP/SN, del 27 de febrero de 2012 el mismo que entrará en vigencia a los 45 días hábiles desde su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

De este modo, la Sunarp brinda a la ciudadanía facilidades y mecanismos a fin de proteger los derechos adquiridos, de personas o grupos delincuenciales que presentan documentación falsificada a fin de obtener beneficios indebidos e ilegales.

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