jueves, 15 de enero de 2015

PRESENTAN SOLICITUD DE VACANCIA DE REGIDOR PROVINCIAL HERNÁN AQUINO

subir imagen
Ley Orgánica de Municipalidades señala que los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción, afirmó Carlos Calderón.

La contratación y nombramiento del regidor provincial Hernán Wilfredo Aquino Dionisio como Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Huanchaco cae en la ilegalidad al configurar causal de vacancia, aseguró el abogado liberteño Carlos Calderón Carvajal, quien comunicó que ha formalizado su pedido para que el Concejo Municipal de Trujillo lo excluya  de su seno, pues, según su análisis, el citado regidor habría incurrido en la causal de vacancia, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades.

“El nombramiento de Aquino ha configurado la causal de vacancia prevista en el Artículo 11° de la Ley Orgánica de Municipalidades, que literalmente dice: Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor”; precisó Calderón Carbajal.
subir imagen
Adicionalmente aseguró que se ha transgredido la prohibición prevista en el literal c) del Art. 10° de la Ley de Contrataciones del Estado-D. Leg. 1017, que señala que un regidor provincial no puede contratar con ninguna municipalidad de la jurisdicción a la que pertenece, “hasta después de 12 meses de dejar el cargo”; configurando con ello otra causal para la vacancia, explicó el abogado. La prohibición legal para que un regidor provincial asuma la condición de funcionario de una municipalidad distrital de su jurisdicción, se sustenta –entre otras razones- en que los regidores provinciales no pueden ser juez y parte.

“Esto se basa en que tienen funciones de supervisión, control y fiscalización de los municipios distritales, además que producen ordenanzas y normas obligatorias para toda la provincia y son segunda instancia en materia tributaria, todo lo cual constituye una incompatibilidad insalvable cuya infracción se castiga con la vacancia”; agregó el denunciante. Según el militante aprista, la orden habría sido dada por César Acuña para que se nombre como Gerente Municipal a Aquino Dionicio, conocido operador político apepista.

“Esta directiva tendría como finalidad mantener el esquema de las subvenciones y manejo de recursos municipales que se impuso en la MPT, toda vez que es precisamente dicho personaje el encargado de trabajar con las organizaciones sociales de base”; aseveró Calderón. Asimismo pidió se investigue varios casos que lo implican luego de su paso como funcionario de confianza de César Acuña en la MPT, “no por nada, Acuña lo hizo candidato a Teniente Alcalde Provincial”, sostuvo. Finalmente el Concejo Provincial de Trujillo, luego de notificar al regidor cuestionado, tiene 30 días para votar la vacancia, que pasará al JNE para su resolución final en caso de apelación.

No hay comentarios:

Caja Trujillo entregará créditos exclusivo para mujeres emprendedoras

Campaña ‘Empodérate Mujer’ busca contribuir a la consolidación de la independencia económica, empoderamiento y buena calidad de vida de las ...