lunes, 20 de julio de 2015

OCMA PROPONE ANTE EL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA DESTITUCIÓN DE 4 JUECES DE LAMBAYEQUE

En las investigaciones se les comprobaron faltas muy graves en el ejercicio de sus cargos. La doctora Ana María Aranda Rodríguez señala que los referidos magistrados, con la emisión de sus resoluciones, han generado la perturbación del servicio de impartición de justicia, al permitir que autores de graves delitos hayan sido favorecidos.

La doctora Ana María Aranda Rodríguez, Jefa Suprema de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA-PJ), propuso ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), la destitución de cuatro jueces de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJLA), doctores Ricardo Ponte Durango, Miguel Ángel Lozano Gasco, Juan Nicanor Zúñiga Bocanegra y Franklin Rodríguez Castañeda luego que culminara el procedimiento disciplinario seguido por el órgano contralor a los citados magistrados.

En el desarrollo de la investigación efectuada por la OCMA se determinó que dichos jueces incurrieron en graves irregularidades, entre las que se encuentra la falta de motivación de sentencias que emitieron cuando se desempeñaban en la Sala Penal Liquidadora Permanente, estableciendo incluso, reducciones de penas por debajo de los límites legales permitidos en procesos penales por delitos graves y de gran trascendencia social, como son los casos de delitos contra el patrimonio (robo agravado) y contra la libertad sexual (violación).

Esta vulneración a la motivación se produjo también, en el desarrollo de un proceso por Tráfico Ilícito de Drogas (TID), en el cual se varió el mandato de detención por uno de comparecencia del procesado. La doctora Aranda Rodríguez señala que los referidos magistrados, con la emisión de sus resoluciones, han generado la perturbación del servicio de impartición de justicia, al permitir que autores de graves delitos hayan sido favorecidos, afectando a la sociedad.

La Jefa Suprema de la OCMA exhorta a todos los jueces del territorio nacional a realizar un trabajo independiente, honesto y probo; afirmando que las inconductas funcionales cometidas en la labor jurisdiccional, no pasarán inadvertidas por los órganos de control del Poder Judicial y serán sancionadas de acuerdo a la normativa vigente.

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