El fiscal adjunto provincial Carlos Alberto Pérez Moreno de la 1° Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo atribuye a los condenados ser autores del delito de lesiones culposas graves, quienes de manera culposa, esto es por sus conductas negligentes e imprudentes que ocasionaron daños muy graves a la agraviada Luzmila Altuna.
Luis Armando Olivarrìa Navarro y Ronald Milton Rodríguez Montoya fueron sentenciados a un año y ocho meses de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por un año para que cumplan con reglas de conducta por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones culposas graves, en agravio de Luzmila Esperanza Altuna Velasquez. También quedaron inhabilitados de ejercer la profesión de medicina por un año y deberán pagar una reparación civil de 250 mil soles de forma solidaria con el tercero civil que es ESSALUD a favor de la agraviada.
El fiscal adjunto provincial Carlos Alberto Pérez Moreno de la 1° Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo atribuye a los condenados ser autores del delito de lesiones culposas graves, quienes de manera culposa, esto es por sus conductas negligentes e imprudentes consecuencia de la impericia e inobservando las reglas de la profesión médica ocasionaron daños muy graves a la agraviada Luzmila Altuna. Olivarria Navarro, médico del hospital Luis Albrecht de ESSALUD fue sentenciado por realizar un mal diagnóstico de la enfermedad de la paciente.
Por su parte, Rodríguez Montoya, médico de la Unidad de Cuidados Intensivos del hospital Víctor Lazarte Echegaray de ESSALUD fue condenado por haber transferido a la paciente de la UCI a cirugía general cuando no estaba en condiciones ni tampoco estable, lo que le provocó un paro cardiorespiratorio que ocasionó que quede en estado vegetal por 6 años. Como se recuerda, la paciente Luzmila Esperanza Altuna Velasquez falleció el pasado 24 de diciembre del 2018.
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