miércoles, 26 de agosto de 2020

Empresas eléctricas deben aplicar procedimiento especial de reclamos


Osinergmin detalló a las empresas eléctricas aspectos relacionados a la facturación del servicio eléctrico durante el estado de emergencia. Si desea saber si es beneficiario del Bono Electricidad, puede consultar la plataforma de consulta que Osinergmin ha puesto a disposición de la ciudadanía: www.bonoelectricidad.pe.

 

Con la finalidad de garantizar a los usuarios de energía eléctrica una correcta aplicación de las medidas dispuestas durante el estado de emergencia, Osinergmin detalló a las empresas eléctricas los alcances del Procedimiento Especial de Reclamos, el cual se aplica a los reclamos de los usuarios que consideran que se les ha facturado en exceso por sus consumos realizados durante el periodo de emergencia. En ese sentido, a través, de una capacitación, Osinergmin precisó los aspectos relacionados a la facturación del consumo de electricidad y liquidación de consumos durante el estado de emergencia, así como al fraccionamiento de deudas y atención de usuarios en oficinas.

 

Del mismo modo, se brindó detalles sobre la aplicación del Bono Electricidad. Como se sabe, Osinergmin publicó un procedimiento para la atención de reclamos que se aplicará de manera transitoria. El procedimiento dispone que una vez recibido el reclamo, la empresa eléctrica o de gas natural está obligada a comunicarse con el usuario a través de correo electrónico o línea telefónica para explicarle los conceptos facturados y como determinó el importe del recibo de pago. Asimismo, la empresa deberá informar al usuario sobre la política de fraccionamiento de su deuda y si tiene derecho al Bono Electricidad. Adicionalmente, podrá proponer alternativas para dar solución definitiva al reclamo.

 

De no establecerse acuerdo con el usuario, la empresa emitirá una resolución en un máximo de treinta (30) días hábiles de culminada la etapa informativa obligatoria. Si la empresa incumple este plazo, opera el silencio administrativo positivo, resultando el reclamo favorable al usuario. Si el usuario no está conforme con lo resuelto por la empresa, puede presentar una impugnación. En tal caso, la empresa debe brindarle información para que decida si presenta una reconsideración ante la misma empresa, o apela su pronunciamiento. Si el usuario llega a apelar la resolución de la empresa, Osinergmin interviene en la resolución del reclamo.

 

Si desea saber si es beneficiario del Bono Electricidad, puede consultar la plataforma de consulta que Osinergmin ha puesto a disposición de la ciudadanía: www.bonoelectricidad.pe.

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