Según dispositivo legal
las provincias de Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú
en La Libertad, salen de cuarentena. Sin embargo, en el caso de la provincia de
Trujillo del departamento de La Libertad, se mantiene la inmovilización social
obligatoria los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día
siguiente.
El
Gobierno oficializó el decreto supremo que levanta la inmovilización social
obligatoria los domingos, pero con algunas restricciones como la prohibición de
circulación de vehículos particulares. Según el dispositivo legal, publicado en
el Boletín de Normas Legales, la medida rige desde el domingo 20 de setiembre. También
dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus
domicilios desde el lunes 21 de setiembre de 2020, desde las 11:00 p.m. hasta
las 04:00 a.m del día siguiente.
Se
exceptúa en la inmovilización al personal estrictamente necesario que participa
en la prestación de los servicios de abastecimiento de alimentos, salud,
medicinas, servicios financieros, servicio de restaurante para entrega a
domicilio (delivery), la continuidad de los servicios de agua, saneamiento,
energía eléctrica, gas, combustibles. También telecomunicaciones y actividades
conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios,
transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades
relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de
caudales (según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones).
Además,
se permite que las farmacias, droguerías y boticas puedan brindar atención. Durante
la inmovilización social obligatoria el personal de prensa escrita, radial o
televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social
obligatoria siempre que porten su pase personal laboral, su credencial
periodística respectiva y su DNI para fines de identificación. La autorización
también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el
cumplimiento de su función.
También
se permite el desplazamiento de aquellas personas que requieren de una atención
médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud
y la adquisición de medicamentos, sin restricciones por la inmovilización
social obligatoria. Se precisa que se encuentran prohibidas que las reuniones
sociales, por razones de salud, incluyendo las que se realizan en los
domicilios y visitas familiares a efecto de evitar el incremento de los
contagios a consecuencia del COVID-19.
Sin
embargo, se dispone la inmovilización social obligatoria de lunes a sábado
desde las 10:00 p.m. hasta las 04:00 a.m. del día siguiente, y los días domingo
durante todo el día hasta las 4:00 a.m. del día siguiente en los departamentos
de Cusco, Moquegua, Puno y Tacna. Asimismo, las provincias de Chachapoyas, Condorcanqui y Utcubamba
del departamento de Amazonas. Las
provincias de Santa, Casma, Huaraz y Huarmey del
departamento de Ancash, la provincia
de Abancay del departamento de Apurímac, las provincias de Huamanga, Huanta, Lucanas y Parinacochas del departamento de Ayacucho.
La
provincia de Cajamarca del departamento
de Cajamarca, la provincia de Huancavelica
del departamento de Huancavelica, las provincias de Huánuco, Leoncio Prado y
Puerto Inca del departamento de
Huánuco, las provincias de Ica y Pisco del departamento de Ica, las
provincias de Huancayo y Satipo del departamento de Junín; y finalmente, la provincia de Huaral del departamento de Lima. Se mantienen en cuarentena
obligatoria focalizada en los cuales solo está permitido el desplazamiento de
las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes
esenciales, y de las actividades económicas autorizadas en Cuzco, Moquegua,
Puno y Tacna.
Asimismo,
en Chachapoyas, Condorcanqui, Utcubamba en Amazonas; Santa, Casma y Huarmey en
Ancash; Abancay en Apurímac. Huamanga, Huanta, Lucanas, Parinacochas en
Ayacucho; Cajamarca y Huancavelica, en los departamentos del mismo nombre.
Huánuco, Leoncio Prado y Puerto Inca en Huánuco; Ica y Pisco en Ica; Huancayo y
Satipo, en Junín. Huaral en Lima, Timbotano
en Madre de Dios y Pasco y Oxapampa en Pasco. También se dieron a conocer la relación de
provincias que salen de cuarentena a partir del día lunes.
Se
eliminan de la lista de cuarentena obligatoria focalizada en la que solo se
permitía servicios esenciales y pasan desde el lunes 21 de setiembre de 2020,
al horario de restricción desde las 11:00 p.m. hasta las 04:00 a.m del día
siguiente, la provincia de Bagua en
Amazonas, las provincias de Camaná, Islay, Cailloma y Castilla en Arequipa; Jaén en Cajamarca; Angares
y Tayacaja en Huancavelica; Humalíes en Huánuco; Nazca y Pala en Ica; Chanchamayo en Junín.
Asimismo,
Trujillo, Pacasmayo, Chepén, Ascope, Sánchez Carrión y Virú
en La Libertad. También Barranca, Cañete y Huaura en Lima. Sin embargo, en el caso de la provincia de Trujillo
del departamento de La Libertad, se mantiene la inmovilización social obligatoria
los días domingo durante todo el día hasta las 4:00 horas del día siguiente.
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