lunes, 19 de octubre de 2020

Sentenciados no podrán ejercer cargos de confianza en Gobierno Regional

“Será necesario que este acuerdo vaya acompañado de una declaración jurada al respecto de los funcionarios de confianza y e incluso de las autoridades y esp0’eramos que se ejecute a la brevedad posible” sostuvo consejero regional por Trujillo, Roberto Portilla Lescano.

 

Para seguir dando muestras de transparencia, a propuesta del consejero regional por Trujillo, Roberto Portilla Lescano, fue aprobado por unanimidad el respaldo a la Ley N° 31042, de Reforma Constitucional que incorpora los Art. 34-A y 39-A sobre impedimentos para postular a cargos de elección popular o ejercer en función pública. Esto fue aprobado por el pleno con dispensa de lectura y aprobación de acta en sesión ordinaria conducida por Greco Quiróz Díaz, mediante Acuerdo Regional N° 096-2020-GR-LL/CR, en atención al oficio N° 058-2020-GRLL/CR-RLPL.

 

“Será necesario que este acuerdo vaya acompañado de una declaración jurada al respecto de los funcionarios de confianza y e incluso de las autoridades y esp0’eramos que se ejecute a la brevedad posible” sostuvo Portilla Lescano. El pedido fue formulado considerando que el pasado 15 de setiembre del presente año se publicó en el diario oficial El Peruano la Ley N° 31042, referida a las reformas antes indicadas. La reforma constitucional establece en su Art 34-A: “Están impedidas de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”.

En tanto que el Art. 39-A, señala: “Están impedidas de ejercer la función pública, mediante designación en cargos de confianza, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras o cómplices, por la comisión de delito doloso”. La norma promueve y garantiza el ingreso a la administración pública a personas idóneas, ya sea por elección popular o por designación en cargos de confianza, exigiéndose que dichas personas no tengan ningún antecedente de condena por cualquier delito doloso, generando así mayor transparencia en la gestión pública regional.

 

Esto fue aprobado por el Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; artículos 15 y 39 de Ley Orgánica de Gobierno Regionales - Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23 y 64 del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR. El acuerdo, por unanimidad, expresa en su primer artículo el respaldo a la Ley Nº 31042, Ley de Reforma Constitucional que incorpora el artículo 34-A y el artículo 39-A y en el segundo solicita al gobernador regional de La Libertad, Manuel Llempén su implementación inmediata.

 

En tanto que en el tercer artículo se establece que el acuerdo debe ser publicado a en el portal electrónico del Gobierno Regional La Libertad: www.regionlalibertad.gob.pe.

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