El tribunal supremo ratificó dicha pena para Collantes Guerra como autor del delito de desaparición forzada y seis años para Juárez Aspiro como cómplice secundario, en agravio de Manuel Tacotaype Chaupín (alcalde), Martín Cayllahua Galindo (secretario), Marcelo Cabana Tucno (teniente gobernador) e Isaías Huamán Vilca (poblador).
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, confirmó en última instancia, la condena de 16 años de prisión impuesta al ex oficial EP Collins Collantes Guerra y al ex alférez PNP Luis Mariano Juárez Aspiro, condenados por la desaparición de tres autoridades y un poblador del distrito de Chuschi, provincia de Cangallo, Ayacucho, ocurrido en marzo de 1991.
El tribunal supremo ratificó dicha pena para Collantes Guerra como autor del delito de desaparición forzada y seis años para Juárez Aspiro como cómplice secundario, en agravio de Manuel Tacotaype Chaupín (alcalde), Martín Cayllahua Galindo (secretario), Marcelo Cabana Tucno (teniente gobernador) e Isaías Huamán Vilca (poblador) de dicha localidad, que les impuso la Sala Penal Nacional, en febrero pasado.
La Sala Penal Permanente, igualmente, incrementó el monto de la reparación civil a favor de las víctimas. En el caso de Juárez Aspiro de 40 mil a 80 mil soles y Collantes Guerra de 100 mil a 400 mil soles, y lo pagarán en forma solidaria con el tercero civil responsable. Asimismo, el tribunal supremo declaró nula la absolución de Domingo Morales Ampudia, también acusado del delito de desaparición forzada, y ordenó se le someta a un nuevo juicio oral por otro colegiado.
A criterio de la Sala, la absolución de Morales Ampudia presenta sensibles omisiones en la valoración de los medios de prueba. El máximo tribunal, también dispuso que el Ministerio Público realice una exhaustiva investigación respecto a los indicios que acreditarían que varios mandos militares tuvieron conocimiento del hecho, y negaron información a las autoridades civiles para esclarecer el caso y sancionar a los responsables.
Las víctimas fueron sacadas de sus viviendas la noche del 14 de marzo de 1991 por una patrulla mixta del Ejército y Policía Nacional, simulando una incursión terrorista. Luego fueron llevadas al cuartel militar de Pampa Cangallo, y desde esa fecha, están en condición de desparecidas. La Sala Penal Permanente la preside el doctor Róger Salas Gamboa, y la integran los vocales César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga, Hugo Príncipe Trujillo y Pedro Urbina Ganvini.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, confirmó en última instancia, la condena de 16 años de prisión impuesta al ex oficial EP Collins Collantes Guerra y al ex alférez PNP Luis Mariano Juárez Aspiro, condenados por la desaparición de tres autoridades y un poblador del distrito de Chuschi, provincia de Cangallo, Ayacucho, ocurrido en marzo de 1991.
El tribunal supremo ratificó dicha pena para Collantes Guerra como autor del delito de desaparición forzada y seis años para Juárez Aspiro como cómplice secundario, en agravio de Manuel Tacotaype Chaupín (alcalde), Martín Cayllahua Galindo (secretario), Marcelo Cabana Tucno (teniente gobernador) e Isaías Huamán Vilca (poblador) de dicha localidad, que les impuso la Sala Penal Nacional, en febrero pasado.
La Sala Penal Permanente, igualmente, incrementó el monto de la reparación civil a favor de las víctimas. En el caso de Juárez Aspiro de 40 mil a 80 mil soles y Collantes Guerra de 100 mil a 400 mil soles, y lo pagarán en forma solidaria con el tercero civil responsable. Asimismo, el tribunal supremo declaró nula la absolución de Domingo Morales Ampudia, también acusado del delito de desaparición forzada, y ordenó se le someta a un nuevo juicio oral por otro colegiado.
A criterio de la Sala, la absolución de Morales Ampudia presenta sensibles omisiones en la valoración de los medios de prueba. El máximo tribunal, también dispuso que el Ministerio Público realice una exhaustiva investigación respecto a los indicios que acreditarían que varios mandos militares tuvieron conocimiento del hecho, y negaron información a las autoridades civiles para esclarecer el caso y sancionar a los responsables.
Las víctimas fueron sacadas de sus viviendas la noche del 14 de marzo de 1991 por una patrulla mixta del Ejército y Policía Nacional, simulando una incursión terrorista. Luego fueron llevadas al cuartel militar de Pampa Cangallo, y desde esa fecha, están en condición de desparecidas. La Sala Penal Permanente la preside el doctor Róger Salas Gamboa, y la integran los vocales César San Martín Castro, Víctor Prado Saldarriaga, Hugo Príncipe Trujillo y Pedro Urbina Ganvini.
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