jueves, 6 de enero de 2011

ADEX PIDE MODIFICAR LISTA DE PARTIDAS ARANCELARIAS EXCLUIDAS DEL DRAWBACK

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Son las partidas 7113190000, 7114190000 y 7115900000, precisó la Gerencia de Manufacturas de Asociación de Exportadores (ADEX). Subsector joyería atraviesa serios problemas pues al ser bienes suntuarios, se han visto muy afectados por la crisis mundial.

La Asociación de Exportadores (ADEX), pide al Ejecutivo modificar la lista de partidas arancelarias excluidas del drawback, en especial las relativas a la joyería de oro, para dar cumplimiento a la Resolución Ministerial 695-2010-EF/15, del 28 de diciembre del año pasado, mediante el cual el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) dictó las disposiciones a fin de que un mayor número de productos accedan a ese beneficio arancelario.

Hay que señalar que los exportadores reunidos en el Comité de Joyería del gremio exportador solicitaron desde el 2006, incluir la joyería de oro entre los beneficiarios del Régimen de Restitución de Derechos Arancelarios (drawback), para impulsar un mayor desarrollo de ese subsector que atraviesa serios problemas pues al ser bienes suntuarios, se han visto muy afectados por la crisis mundial.

Esa situación fue comentada en una reunión con el presidente de la República, Alan García Pérez y con el Consejo de Ministros en septiembre pasado, por el presidente de ADEX, Juan Varilias Velásquez, quien también informó que los insumos (metales preciosos) para la producción y exportación de joyería y orfebrería son vendidos en el nuestro país a un alto precio, como si fueran comprados en el exterior (pagando impuestos y seguro), pese a que se extraen en el Perú. El oro, por ejemplo, bordea los US$ 1,400 la onza.

La Gerente de Manufacturas de ADEX, Ysabel Segura, refirió las partidas que deberán ser incluidas en el beneficio del drawback, son “artículos de joyería y sus partes, de los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué) (7113190000),  “artículos de orfebrería y sus partes de los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué)” (7114190000).

Asimismo, “las demás manufacturas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué)” (7115900000), con la previa deducción del valor del oro, tal como lo establece la Resolución Ministerial 695-2010-EF/15. Esa norma, en opinión de ADEX, es crucial para impulsar ese subsector. Ysabel Segura indicó que de esa manera se promovería la producción de artículos de joyería, caracterizada por estar focalizada en diversas regiones del país y con una importante utilización de mano de obra que se encausará a los mercados del exterior

“Si bien la demora nos llama a una reflexión, no podemos dejar de destacar que de concretarse sería una muy buena noticia para los exportadores, más aún porque la joyería de oro es el único sector manufacturero discriminado del beneficio del Drawback”, precisó.

Hay que señalar que la exportación de joyería de oro ha registrado en los últimos años cifras a la baja. Solo entre enero y octubre del 2007 sumaron US$ 62.9 millones, en el 2008 US$ 49.3 millones, en el 2009 US$ 34.6 millones y en el 2010 US$ 38.4 millones.

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