jueves, 4 de abril de 2013

JUZGADO MODIFICA SENTENCIA A CONTRIBUYENTE CON PRISIÓN SUSPENDIDA POR PENA DE CÁRCEL

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Condenada por defraudación tributaria no cumplió con pago fraccionado de impuestos que evadió al Estado. En junio del 2012, Marina Chávez Váldez fue amonestada por el Poder Judicial porque no cumplió con pagar ninguna de las 36 cuotas mensuales de la deuda desde que se dictó la sentencia.

El Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo revocó el régimen de prueba de la sentenciada por defraudación tributaria, Marina Chávez Váldez, quien fue condenada, en setiembre del 2010, a cuatro años de prisión suspendida, siempre que cumpliera con cancelar el monto total de los impuestos que evadió al Fisco, que ascienden a más de 232 mil nuevos soles.

Cuando se dictó sentencia, la autoridad judicial estableció que la contribuyente debía cumplir una serie de reglas de conducta, entre ellas, el pago total del monto de los tributos que dejó de pagar al Estado, tras omitir declarar ingresos afectos al Impuesto General a las Ventas e Impuesto a la Renta, de los ejercicios 2004 y 2005, hecho que fue denunciado por la Intendencia Regional La Libertad de la SUNAT.

Así, se estableció que la condenada debía cancelar, durante un período de tres años, cuotas mensuales para cubrir el monto del Impuesto a la Renta (IR) e Impuesto General a las Ventas (IGV) que evadió en los citados períodos tributarios. El incumplimiento de esta medida supondría la revocación inmediata de la pena suspendida por la ejecución efectiva de cárcel.

En junio del 2012, Chávez Váldez fue amonestada por el Poder Judicial porque no cumplió con pagar ninguna de las 36 cuotas mensuales de la deuda desde que se dictó la sentencia. A pesar de ello, la contribuyente no regularizó el pago de la deuda. Debido a ello, la SUNAT presentó una nueva solicitud al Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Trujillo, que fue aceptada, originando la revocación de la prisión suspendida y la ejecución de la pena de cárcel, por lo que se procederá con la captura y reclusión de la contribuyente en el menor plazo posible.

Esta nueva disposición judicial sienta un precedente sumamente importante, ante los requerimientos de cobro que viene efectuando la SUNAT, en los casos con sentencia condenatoria suspendida, puesto que permite a los condenados preservar su libertad siempre y cuando cumplan con las reglas de conducta y el pago de la deuda tributaria motivo de la evasión.

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