jueves, 17 de octubre de 2013

JUEZA DICTA MEDIDA CAUTELAR CONTRA SANCIÓN DE SUTRAN A UN VEHÍCULO INFORMAL

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En la actualidad, SUTRAN cuenta con 13 medidas cautelares, de las cuales 08 son contra las sanciones que impone a las entidades complementarias (centros médicos, escuelas de conductores y centros de inspección técnica vehicular) y 05 en favor de empresas de transporte terrestre de pasajeros, dictadas por jueces que desconocen los reglamentos.

El vehículo tipo auto de placa de rodaje Z2P-379 que realizaba sin autorización servicio de transporte regular de personas en la ruta Tacna – Ilo fue intervenido por los inspectores de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN en el kilómetro 46 de la Costanera, donde se le levantó el Acta No conforme N° 8003130 el 27 de agosto del 2013 y se le aplicó la infracción F1, que implica internamiento del vehículo al depósito y retención de la licencia de conducir, como lo señala el artículo 41 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte (DS N° 017-2009-MTC).

Sin embargo, SUTRAN ha recibido la Resolución N° 1 emitida por el Primer Juzgado Civil el 9 de octubre de 2013 a cargo de la jueza María Gómez Cayro, donde dispone a SUTRAN la liberación del vehículo y devolver la licencia de conducir, fundamentado en “el derecho de propiedad, de libre tránsito y libertad de trabajo, tienen sustento constitucional, pues a partir de éste se materializan diversos derechos como ser la seguridad social, alimentación, bienestar social y educación”.

En la actualidad, SUTRAN cuenta con trece (13) medidas cautelares, de las cuales ocho (08) son contra las sanciones que impone a las entidades complementarias (centros médicos, escuelas de conductores y centros de inspección técnica vehicular) y cinco (05) en favor de empresas de transporte terrestre de pasajeros, dictadas por jueces que desconocen los reglamentos vigentes y anteponen los argumentos del derecho a la empresa y el trabajo, sobre la defensa del derecho a la vida que protege SUTRAN a través de la fiscalización y sanción en aplicación de la Ley General de Transporte y Tránsito – Ley N° 27181 y sus Reglamentos.

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