viernes, 2 de octubre de 2020

Actos inscribibles en el registro de personas naturales se realizarán virtualmente

La presentación, tramitación e inscripción de todos los actos realizados con intervención notarial podrán realizarse a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp). Esta medida permite la presentación facultativa de los partes notariales, copias certificadas u oficios suscritos con firma digital del notario, suprimiéndose el uso del papel.

 

Con el objetivo de continuar virtualizando los servicios de inscripción y publicidad registral, mediante resolución 140-2020-SUNARP/SN, la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp) declara incorporados y autorizados, a partir del 1 de octubre, la totalidad de actos inscribibles formalizados con intervención notarial a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP) que corresponden al registro de personas naturales.

 

Esta medida permite la presentación facultativa de los partes notariales, copias certificadas u oficios suscritos con firma digital del notario, suprimiéndose el uso del papel en el procedimiento registral, simplificando los trámites internos y previniendo la posibilidad de fraude documentario; además de evitar la aglomeración de personas en las oficinas registrales y la circulación del título entre distintas áreas del registro, beneficios que adquieren mayor relevancia en el contexto de emergencia sanitaria nacional que afrontamos.

 

Los actos correspondientes al registro de personas naturales cuyos partes notariales podrán presentarse electrónicamente corresponden al registro personal, registro de comerciantes, registro de testamentos y registro de sucesiones intestadas; lo que constituye un importante avance en la Sunarp sobre el compromiso de digitalizar la totalidad de actos inscribibles hasta el 31 de marzo de 2021.

 

Cabe precisar que la presentación electrónica a través del SID Sunarp, de los actos aprobados, constituye un medio alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y comprende únicamente a los documentos de intervención notarial, expedidos en formato electrónico y suscrito con firma digital del notario.

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