martes, 11 de enero de 2022

Municipalidad no puede negociar ligeramente Pactos Colectivos con sindicatos

Comisión Paritaria propuso a dirigentes acudir a la Gerencia Regional de Trabajo para que defina los alcances de Ley. Según detallaron los integrantes de la Comisión Paritaria, el 2 de febrero del año pasado, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió un comunicado con respecto a la derogación del Decreto de Urgencia N° 014-2020.

 

Con el objetivo de aclarar la situación de los sindicatos de trabajadores y los pactos colectivos en la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), la Comisión Paritaria, conformada por funcionarios municipales, aclaró que no se puede negociar a la ligera pactos colectivos, debido a que la normatividad vigente es ambigua y no tiene reglamentación. Sin embargo, para respaldar la lucha sindical, se propuso exigir a la Gerencia Regional de Trabajo que aclare la normativa y evite perjudicar al trabajador.

 

“En ningún momento hemos abandonado al trabajador, al contrario, el último viernes convocamos a los dirigentes y les explicamos el inconveniente. Les dimos la alternativa a los cinco sindicatos de unirse para exigir a la Gerencia Regional de Trabajo que aclare la Ley N° 31188, es ambigua, para recién poder negociar”, expresó Daniel Pérez, gerente municipal de la MPT.

 

Según detallaron los integrantes de la Comisión Paritaria, entre ellos el gerente de Asesoría Jurídica, Arturo Benites y el gerente de Personal, Freddy Castro, explicaron que el 2 de febrero del año pasado, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió un comunicado con respecto a la derogación del Decreto de Urgencia N° 014-2020, que implica la negociación de los pactos colectivos en el sector público.

“No podemos ir en contra de los marcos legales, por eso que el año pasado no se firmó el pacto colectivo 2022. Además, en paralelo a la derogación del citado decreto, se promulgó la Ley N° 31188 en marzo pasado, donde perdemos algunas facultades para negociar y donde se establece la legitimidad solo de los sindicatos que tienen la mayor cantidad de miembros, quedando esta norma ambigua”, explicó el asesor legal, quien añadió que ya se solicitó opinión al Servir.

 

Ante dicha situación, se explicó que estos limitantes impiden que los integrantes de la Comisión Paritaria puedan negociar, pues podría ir contra la Ley, y conllevaría a que se pueda declarar la nulidad de la suscripción del pacto colectivo. Asimismo, la responsabilidad jurídica recaería solo a los funcionarios ediles, y terminaría afectando a los integrantes de los sindicatos, porque perderían todos los beneficios logrados.

 

Además, se explicó que la alternativa que se les ha brindado a los dirigentes es unirse para exigir a la Gerencia Regional de Trabajo que esclarezca la normativa, pues varias entidades estatales han solicitado lo mismo; en tanto que se viene acordando reuniones con los cinco sindicatos para evitar conflictos. 

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