martes, 23 de febrero de 2010

DENUNCIAN IRREGULARIDADES EN PROYECTO DE AGUA POTABLE DE ANGASMARCA

Exoneración debió aprobarse mediante Acuerdo de Concejo, el que no figura en el SEACE; además no existiría sustento para exoneración según el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, pues la obra no se inició en el plazo establecido a pesar de haberse invocado causal de desabastecimiento.

Los regidores de la Municipalidad Distrital de Angasmarca, Wilson Llajaruna Parimango y Elsa Siccha Valverde, denunciaron graves irregularidades en el proceso de exoneración destinado a contratar la ejecución del “Mejoramiento y ampliación del sistema de agua potable y alcantarillado del casco urbano” del distrito de Angasmarca, en la provincia de Santiago de Chuco. La obra, valorizada en 4 millones 939 mil 388.04 nuevos soles y que fuera adjudicada al Consorcio CHC-NEVASA-C&R, ha sido observada por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

Esta entidad ha elevado sus conclusiones al Sistema Nacional de Control a efectos que se adopten las acciones correctivas. El OSCE llegó a la conclusión que el haber autorizado la exoneración en cuestión el día 24 de septiembre de 2009, procediendo a incluirla en el Plan Anual de Contrataciones (PAC) mediante Resolución de Alcaldía Nº 134-2009-MDA del 12 de octubre de 2009, configura una transgresión al artículo 12º de la Ley, lo cual afecta la validez del procedimiento de exoneración.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley, las exoneraciones de proceso de selección se aprueban únicamente por el concejo municipal. El OSCE afirma que el Acuerdo de Concejo Nº 007-2009-MDA y el Informe Legal Nº 20-2009-MDA/OAL/JLAO, ambos documentos de fecha 24 de septiembre de 2009, en los cuales se dispone exonerar y se expresan los argumentos legales que motivaron tal decisión, no han sido registrados en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), lo cual constituye una trasgresión al artículo 134º del Reglamento.

Según el informe que los regidores Siccha y Llajaruna elevan al OSCE el 10 de noviembre de 2009, el acuerdo de concejo que contendría la autorización del procedimiento de exoneración no aparece porque nunca aprobaron dicho acuerdo. Lo más grave es que para el OSCE no existiría sustento para la exoneración. En efecto, de conformidad con el artículo 22º de la Ley, concordado con el artículo 129º del Reglamento, la causal denominada desabastecimiento procede ante la ocurrencia de una situación inminente, extraordinaria e imprevisible que genera la ausencia de un bien, servicio u obra cuya falta compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones de la entidad.

El Informe Técnico Nº 188-2009-MDA-DIODUR señala que el sistema de redes de agua potable y alcantarillado tiene una antigüedad aproximada de 30 años, el cual funciona deficientemente; indica además que, no cuenta con un sistema de tratamiento de aguas y que las redes existentes brindan servicio al 80% de la población. Al respecto, a través del Oficio Nº E-175-2009/DSF/SSUP.VVS, el OSCE informa al alcalde Diógenes Geldres que, “el no contar con la infraestructura adecuada, debido al agotamiento de su vida útil, no configura una situación inminente, extraordinaria e imprevisible que haga procedente la causal invocada”.

Además, para los regidores denunciantes el argumento según el cual el sistema de agua potable y desagüe del casco urbano del distrito ha superado su vida útil carece de sustento. Señalan que a la fecha de creación del distrito de Angasmarca, el 25 de setiembre de 1985, no existían redes de alcantarillado, sólo de agua potable. “Fue en el período del alcalde Armando Flores que se inició la instalación de tuberías en algunas partes de nuestro distrito. En el año 1994, el Gobierno Regional de La Libertad construyó la mayoría de redes de agua y desagüe”, precisan.

Posteriormente, en el año 2005, mediante un esfuerzo conjunto entre la empresa minera COMARSA, la municipalidad y la población organizada se ejecutó el proyecto “Pashagon Angasmarca” que permitió cubrir el desabastecimiento de agua potable en el distrito, por lo que aseguran que si bien es cierto no se cuenta con un sistema de lagunas de oxidación, las redes de agua y desagüe funcionan bien. Otra de las irregularidades detectadas por el OSCE apunta al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 129º del Reglamento que dispone que en situaciones de desabastecimiento inminente, la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos.

“Dado que la individualización del proveedor que realizaría la obra se efectúo el 14 de octubre de 2009, estableciéndose en las bases un plazo de ejecución de 150 días calendarios, lo cual determinaría que se cuente con la obra terminada en marzo de 2010. Para iniciar el plazo de la obra debió designarse un supervisor, de acuerdo a lo establecido en el artículo 184º del Reglamento y, siendo que de la revisión del SEACE no se desprende que se haya realizado procedimiento de contratación destinado a obtener dichos servicios, la obra exonerada no se habría iniciado a la fecha, lo cual aplazaría aún más su culminación”.

Finalmente, el Organismo Supervisor precisa que el Acuerdo de Concejo mediante el cual se aprobó la exoneración, no consigna el monto hasta por el cual se habrían autorizado las contrataciones involucradas. Asimismo, a la fecha de emisión del Oficio Nº E-190-2009/DSF/SSUP (25 de noviembre de 2009) no se había registrado el contrato celebrado producto de la exoneración en cuestión, lo cual vulnera el artículo 138º del Reglamento. Por su parte, los pobladores del distrito expresan su preocupación ante la eventualidad que la obra no se culmine en el plazo establecido, por cuanto es conocido que en los meses de noviembre a abril es época de lluvias en la sierra liberteña, lo que generaría retrasos y encarecimiento de los costos.

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