miércoles, 29 de junio de 2011

CAMPOSOL NO REGISTRA INFRACCIONES A LAS NORMAS SOCIO LABORALES SEGÚN MINISTERIO

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Tras esta inspección así como una comparecencia por parte de un representante de la empresa, ambas realizadas en enero de este año, se dio a conocer el informe emitido por el inspector del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Luis Estuardo Ferrer Sánchez.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo realizó una inspección a Camposol  tras la cual concluyó en su informe que en esta empresa no se presentan infracciones a las normas socio laborales y que tampoco hay prácticas anti-sindicales u hostilización, en relación a los trabajadores Felipe Arteaga Saavedra y Manuel Escobedo Aguilar, miembros del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Camposol.

La inspección se realizó el 19 de enero de 2011 con la finalidad de corroborar la situación laboral de los trabajadores mencionados quienes fueron repuestos por la empresa según acuerdo de extra proceso del 28 de octubre de 2010. Ambos trabajadores habían sido despedidos por haber promovido una paralización intempestiva e ilegal ocurrida el 20 de setiembre de 2010, la cual ocasionó desmanes y perjuicios a la empresa.

Aunque Camposol cumplió con reponer a los trabajadores, según el acuerdo del 28 de octubre de 2010, ambos trabajadores denunciaron a la empresa ante el Ministerio de Trabajo lo cual motivó la inspección. Tras esta inspección así como una comparecencia por parte de un representante de la empresa, ambas realizadas en enero de este año, se dio a conocer el informe emitido por el inspector del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Luis Estuardo Ferrer Sánchez.

En el mismo se concluye, primero, que no se han detectado infracciones a las normas socio laborales ni a las materias objeto de investigación. En su segunda conclusión, el informe señala que la empresa cumple con las obligaciones socio laborales (registro en planillas, seguridad social, jornadas de descanso y tiempo de trabajo, asignación familiar, entre otros).

Finalmente, en la tercera conclusión refiere que no se ha configurado ningún supuesto de hostilidad establecido en la legislación nacional vigente. El informe de la Orden de Inspección  N°4303-2010 – TRU del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo fue notificado a la empresa Camposol el 21 de junio último.

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