jueves, 2 de febrero de 2012

ADEX: PROCESO DE CONSULTA PREVIA DEBE SER TÉCNICO Y HOMOGÉNEO

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Representante de gremio exportador, Erick Fischer Llanos, refirió que el reglamento de la Ley de Consulta Previa no debe dejar a libre interpretación el desarrollo de la misma. Expresó que es muy importante que se precise cuáles son las comunidades nativas a las que se les va a hacer la consulta.

El Reglamento de la Ley N° 29875 de Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios, debe considerar un sistema homogéneo para hacer de este proceso un modelo que se aplique de igual forma en cualquier parte del país, manifestó el presidente del comité de Madera e Industria de la Madera de la Asociación de Exportadores (ADEX), Sr. Erik Fischer Llanos. Detalló que es necesario que el reglamento no deje a libre interpretación el desarrollo del proceso de consulta previa, y por el contrario, defina la materia sobre lo que se tiene que consultar.

Asimismo, quiénes son los actores que intervendrán (identificar a las comunidades primigenias referidas en el Convenio 169 de la OIT y sus organizaciones representativas), cómo se va a desarrollar, de qué manera se va a documentar, cómo se va a financiar y cómo se van a presentar los resultados. Expresó que es muy importante que se precise cuáles son las comunidades nativas a las que se les va a hacer la consulta, o las instituciones que las van a representar, pues según el Convenio 169 de la OIT a la que da cumplimiento la promulgación de la Ley de Consulta Previa, se estipula que la consulta solo debe efectuarse a grupos sociales precolombinos.

“Sentimos que el actual reglamento deja abierta la posibilidad para que pueblos que no están comprendidos dentro del espíritu del Convenio 169 de la OIT puedan ser incorporados al proceso de consulta. Consideramos que el reglamento debe circunscribirse a los pueblos que protege el convenio de la OIT. Esto no afecta a los otros grupos sociales pues ellos cuentan con otros mecanismos para ser consultados” dijo sobre el particular  Fischer Llanos

Añadió que para realizar con éxito la aplicación de la Ley de Consulta Previa es necesario que se generen capacidades en los estamentos del Estado que pueden generar una consulta, así como en las instituciones representativas que serán la contraparte. “El Estado debería preocuparse en desarrollar un grupo de trabajo, en el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, que pueda asistir a cualquier estamento del Gobierno, sea central o regional, y ayudar a que los procesos de consulta se realicen de manera homogénea, técnica y aplicándose estrictamente a los pueblos primigenios que son el objeto de este convenio”, indicó.

Finalmente manifestó que estos procesos pueden llegar a ser muy largos si no se hacen de manera técnica, y más si se politizan. Además tienen un costo, el cual debe ser articulado con el Ministerio de Economía y Finanzas, pues sin financiación se impedirá el desarrollo de la consulta.

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