El Ministerio
Público realizó las diligencias de reconocimiento en la que la menor agraviada
identifica plenamente al procesado y se complementó con los elementos de
convicción que lo ratificaron. Cabe notar que el procesado se encuentra en
calidad de no habido y la prisión se computará desde el momento en que sea
detenido.
La Tercera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Trujillo, a través de la Dra.
Niccy Valencia Llerena, Despacho de
Investigación, obtuvo nueve meses de prisión preventiva, dictado por el Primer
Juzgado de Investigación Preparatoria, para el acusado Luis Eduardo Lescano Solano (29) como presunto autor y para Hans Oswaldo Janampa Ramos por el
delito de violación sexual de menor en agravio de la menor de iniciales C.J.M.H. (12), este 19 del presente, en
una Sala de Juzgamiento del Poder
Judicial de La Libertad
– sector de Natasha Alta.
El hecho aconteció en noviembre del 2011, a las 19:00 horas,
cuando la menor agraviada de iniciales C.J.M.H, iba caminando a su domicilio,
luego de salir del colegio, cuando el guardián de una construcción próxima a la
vivienda de la agraviada, Hans Janampa, conocido de la madre de la menor, la
llama diciéndole que tenía un encargo para su mamá, y la hace ingresar a la
construcción dejándola sola con el investigado Luis Eduardo Lescano. Es en este
momento que el imputado la toma a la fuerza de las muñecas, la somete y procede
a dar rienda suelta a sus reprobables instintos.
Terminado el delito, la menor llegó a su casa
y no habló de lo sucedido por temor a ser castigada por sus padres. Sin
embargo, el 22 de enero del 2012, el procesado llamó al teléfono fijo de la
menor agraviada y, al momento que la víctima contestó, la mamá de ésta le
arrebató el fono escuchando que le decían “vas a seguir conmigo o no”, por lo
que la menor le contó todo lo sucedido, procediéndose a ubicar al imputado en
una zona cercana al lugar del delito, donde los familiares lo golpearon
indignados por lo ocurrido y fue entregado en la Comisaría de Buenos
Aires.
En mérito a los hechos descritos, el Ministerio Público realizó las
diligencias de reconocimiento en la que la menor agraviada identifica
plenamente al procesado y se complementó con los elementos de convicción que
ratificaron lo sucedido. Cabe notar que el procesado se encuentra en calidad de
no habido y la prisión se computará desde el omoento en que sea detenido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario