viernes, 29 de junio de 2012

REGIDORA PROVINCIAL DE PATAZ, GLADIS QUIROZ, SALVÓ DE SER VACADA

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John William Rodríguez Sánchez pidió la vacancia argumentando que Gladis Quiroz Acuña había incurrido en causal de nepotismo al haber ejercido injerencia para la contratación de sus parientes en cuarto grado de consanguinidad: Linder Acuña Galindos y Santos Geremías Acuña Galindos.

Mediante Resolución Nº 0575-2012.JNE, el pleno del máximo organismo electoral en el país resolvió declarar infundado el recurso de apelación interpuesto contra la regidora de la Municipalidad Provincial de Pataz, Gladis Quiroz Acosta, por John William Rodríguez Sánchez, regidor que fue vacado en esta misma municipalidad.

La Resolución del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones confirma el Acuerdo de Concejo Nº 016.-2012-CM-MPP-T, del 3 de abril del 2012, en el que se desestimó el pedio de vacancia contra la regidora provincial Gladis Quiroz Acuña por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8 de la Ley Nº  2792 – Ley Orgánica de Municipalidades.

Rodríguez Sánchez pidió la vacancia argumentando que Quiroz Acuña había incurrido en causal de nepotismo al haber ejercido injerencia para la contratación de sus parientes en cuarto grado de consanguinidad: Linder Acuña Galindos y Santos Geremías Acuña Galindos, que fueron contratados como asistente del Instituto Vial Provincial de Pataz y empadronador del Sistema de Focalización de Hogares, respectivamente.    

Al respecto el Concejo Municipal Provincial, en sesión extraordinaria presidida por el alcalde Mesías Ramos Cueva, el pasado 23 de marzo, adopto por mayoría el acuerdo de desestimar la solicitud del pedido de vacancia. Tal acuerdo fue apelado por Rodríguez Sánchez, quien luego fuera vacado el pasado 10 de mayo al presentarse boletas de ventas de equipos hechas al gobierno municipal provincial de Pataz por una empresa que al parecer era suya, pedido que fue apelado y será visto en la primera semana del julio, en la máxima instancia del JNE.  

El acuerdo del JNE fue suscrito en mayoría en reunión presidida por el doctor José Luis Santos Velarde Urdanivia. Allí se indica que la regidora antes citada no tuvo la facultad de nombramiento ni contratación, por lo que no se presenta la figura de nepotismo.

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