Esta medida adoptada por el hermano país, permitirá a los ciudadanos peruanos ingresar y permanecer en ese país por un término de 180 días, en un período de doce meses con múltiples entradas, con un permiso que será otorgado al momento del arribo al territorio colombiano.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Colombia comunicó al Perú la implementación de la exoneración del visado de negocios a los ciudadanos peruanos, como parte del Memorando de Entendimiento suscrito en junio último en el marco de la Alianza del Pacífico, lo que permitirá a los ciudadanos peruanos ingresar y permanecer en ese país por un término de 180 días, en un período de doce meses con múltiples entradas, con un permiso que será otorgado al momento del arribo al territorio colombiano.
La Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano de la Cancillería colombiana ha señalado que, para proceder a la exoneración de esta calidad migratoria, los ciudadanos peruanos deberán tener en cuenta lo siguiente:
- El documento de viaje requerido para el ingreso a territorio colombiano es el pasaporte vigente y válido (no se hace mención al Documento Nacional de Identidad).
- Al ingresar al país deberán manifestar al oficial de Migración Colombia la actividad que realizará en territorio colombiano de conformidad con lo establecido en el Memorando de Entendimiento.
- El permiso de ingreso y permanencia que se otorgará por Migración Colombia es el PIP-1.
- El ciudadano peruano que ingrese a territorio colombiano con un PIP-1 no podrá solicitar el cambio para un PIP-5 o un PTP-5, que corresponden a actividades de turismo.
- Si un ciudadano peruano ingresó a territorio colombiano con un PIP distinto al PIP-1, y desea acogerse al beneficio de ingreso y permanencia por 180 días, deberá acercarse al Centro Facilitador de Servicios Migratorios más cercano y manifestarlo de manera expresa.
Lima, 20 de agosto de 2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario