Como se recuerda, cuando APDAYC incursionó en el negocio de la radio, lo hizo de manera agresiva con una inversión millonaria. Participó en cuanto concurso público hubiera para hacerse de frecuencias de radio en todo el Perú e incluso algunas de ellas, los hizo a nombre de su Presidente, Armando Massé en Chosica.
El INDECOPI multó a la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC), con 22 UIT, es decir 81 mil 400 soles, por violar la Ley de Derechos de Autor y declaró ilegal la adquisición de emisoras radiales en 11 ciudades del interior del país. Según la Resolución de Sanción, APDAYC incurrió en una violación a la Ley de Derechos de Autor, específicamente en el artículo 46, donde se señala que ninguna asociación colectiva sin fines de lucro, puede poseer medios de comunicación.
Como se recuerda, cuando APDAYC incursionó en el negocio de la radio, lo hizo de manera agresiva con una inversión millonaria. Participó en cuanto concurso público hubiera para hacerse de frecuencias de radio en todo el Perú e incluso algunas de ellas, los hizo a nombre de su Presidente, Armando Massé en Chosica, porque él ofertó 151 mil nuevos soles por una frecuencia de radio en FM, sin embargo; posteriormente desistió.
En el año 2010, APDAYC mediante concurso público ofertó importantes sumas de dinero con la intención de poseer varias frecuencia de radio en FM, entre ellas en Camaná – Arequipa oferto 57, 501; en Huaycán – Lima ofertó 65,001; en Mollendo- Arequipa ofertó 57,501 en Pachacámac – Lima ofertó 108,003; en Puente Piedra 356,251; sin embargo, solo logró ganar en Mollendo.
En el concurso del año 2012, la APDAYC participó con su socio y directivo Estanis Mogollón Benítez, quien para obtener frecuencias de radio en FM en las localidades Motupe, Máncora y Olmos ofertó importantes sumas de dinero. La cadena de radios de APDAYC se denomina Radio Sinceridad y opera en Piura, Arequipa, Tumbes, Chiclayo entre otras ciudades del interior del país.
Cabe señalar, que sobre esta irregularidad la queja fue expresada con anterioridad ante el MTC, toda vez que APDAYC cobra a las radioemisoras por la difusión de las composiciones que están bajo su protección, al incursionar en el negocio de la radio se convertirán en competencia desleal, así mismo reclamaron al MTC la permisibilidad que tuvo con APDAYC al no rechazar sus solicitudes como sí lo hacen frecuentemente con cualquier empresa o asociación que no tenga en sus estatutos como objetivo brindar los servicios de radiodifusión.
Este debe ser el inicio de un control más riguroso sobre los actos de APDAYC, que cobra sobre todas las composiciones que se difunden en la radio, sean o no de sus agremiados, por lo que los radiodifusores en su último Congreso acordaron emitir un pronunciamiento exigiendo a APDAYC publicar cuáles son las canciones por las que se deben pagar y que estos pagos, se deben de hacer en función a la capacidad económica de cada estación, no puede ser que se cobre a una emisora de provincia igual que a una cadena regional o nacional.
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