Entre las innovaciones más resaltantes tenemos que los líderes de las organizaciones criminales, sus financistas, funcionarios públicos, quienes utilizan menores de edad o armas de guerra, pondrán recibir hasta 35 años de prisión y se prohíbe el otorgamiento de beneficios penitenciarios.
La Ley N° 30077, sobre el Crimen Organizado, entró en vigencia el día de 01 de julio de 2014, para delitos cometidos por organizaciones criminales, definidas como cualquier grupo de tres personas o más, cualquiera sea su estructura y cuyos miembros actúan concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos. Entre los delitos que comprende la citada ley son: Homicidio, Secuestro, Tráfico Ilícito de drogas, Violación del secreto de las comunicaciones, Trata de personas, Estafa, Pornografía infantil.
También están contemplados la Extorsión, Delitos informáticos, Tenencia, fabricación y tráfico de armas, Delitos ambientales, Genocidio y Desaparición forzada, Delitos contra la administración pública, Lavado de activos, Terrorismo, Delitos tributarios, entre otros. El Dr. Bonifacio Meneses Gonzáles, Presidente del ETI-CPP, comenta que la implementación de la Ley sobre Crimen Organizado trae consigo muchas innovaciones que ayudarán a hacerle frente a las bandas criminales que vienen apareciendo en el Perú.
Entre las innovaciones más resaltantes tenemos que los líderes de las organizaciones criminales, sus financistas, funcionarios públicos, quienes utilizan menores de edad o armas de guerra, pondrán recibir hasta 35 años de prisión y se prohíbe el otorgamiento de beneficios penitenciarios; se implementará un sistema informático que almacene toda la información correspondiente a los internos vinculados a una organización criminal y que contenga un registro detallado de las visitas que reciben.
Asimismo, introduce técnicas especiales de investigación, tales como interceptación postal e intervención de comunicaciones, el agente encubierto, el seguimiento y la vigilancia y, establece la obligatoriedad de colaboración de todas las personas e instituciones públicas y privadas para perseguir e investigar a las organizaciones criminales. El procesamiento de los casos que se inicien en el marco de la Ley sobre crimen organizado, serán tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal.
En ese sentido, se ha dispuesto adelantar su vigencia en los Distritos Judiciales que aún no se ha implementado en su integridad, tales como Lima, Lima Norte, Lima Sur, Lima Este, Callao, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica y Junín. Asimismo, se les ha dotado de nuevos órganos jurisdiccionales, recursos humanos, informáticos y logísticos. El Equipo Técnico Institucional de Implementación del CPP, anticipándose a la implementación de la Ley 30077, ha venido realizando innumerables capacitaciones acerca de la referida ley.
Dichas capacitaciones se han dado tanto de manera presencial así como mediante videoconferencias y reuniendo a renombrados juristas que han logrado consolidar el conocimiento en los Jueces y Personal Jurisdiccional sobre los alcances de la referida ley; además, para una adecuada difusión de los cambios normativos suscitados, se ha capacitado a los Jefes de Imagen Institucional de todos los Distritos Judiciales del Perú, otorgándoles información valiosa para ser transmitida a la sociedad en general.
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