jueves, 29 de octubre de 2015

FISCALÍA ARCHIVA DENUNCIA CONTRA RECTOR DE LA UNT

La fiscal indica claramente que el Rector Gonzales Nieves no emitió una orden al Comité Electoral para que reprogramen las elecciones a Decano en la Facultad de Ciencias Agropecuarias, sino que sólo realizó una invocación para que se suspenda hasta que el SUNEDU aclare el problema jurídico.

La Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo del Ministerio Público, a cargo de la Fiscal Mónica Requejo Chamorro, con documento del 20 de octubre último, dispuso la No formalización de investigación preparatoria y archivo del caso de presunta comisión de delito de abuso de autoridad del Rector de la Universidad Nacional de Trujillo, Dr. Orlando Gonzales Nieves, por la no realización de elecciones de decano en la Facultad de Ciencias Agropecuarias.

La Disposición 02-2015 dispone: “No procede formalizar investigación preparatoria en virtud a la investigación seguida en la denuncia interpuesta por Teódulo Jenaro Santos Cruz y Enrique Felipe Obando, en contra de Orlando Moisés Gonzales Nieves, por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad en agravio de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Trujillo”.

La fiscal, en los fundamentos de hecho y de derecho que sustentan el archivo, indica claramente que el Rector Gonzales Nieves no emitió una orden al Comité Electoral para que reprogramen las elecciones a Decano en la Facultad de Ciencias Agropecuarias, sino que sólo realizó una invocación a efectos de que se sirvan discutir y evaluar la posibilidad de suspender el acto electoral del 13 de junio pasado.

Esta suspensión era para que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) aclare el problema jurídico y las reglas de juego de los procesos eleccionarios en todas las universidades públicas del país. De acuerdo, a la Guía de Adecuación de Gobierno de las Universidades Publicas (publicada el 20 de julio 2015) al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 30220 no contempla la elección de decanos en momentos diferentes.

Específicamente señala que la elección de todas las autoridades universitarias debe realizarse en una sola fecha, la cual debería efectuarse indefectiblemente antes del 31 de diciembre del 2015.

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