viernes, 26 de mayo de 2017

Subasta Inversa Electrónica para Compras Corporativas debe realizarse a través del SEACE

El SEACE puso a disposición de los usuarios, un Manual que brinda orientación sobre el uso de la referida funcionalidad, la misma que podrá ser descargada ingresando al siguiente enlace: Manuales de Usuario, Listados y otros documentos sobre el registro de información en el SEACE V3.0. 

Mediante Comunicado N°011-2017-OSCE, el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) puso en conocimiento que la Subasta Inversa Electrónica para Compras Corporativas se deberá realizar de manera electrónica aplicando para tal efecto la Directiva N° 002-2017-OSCE/CD. Asimismo informó que está operativa la funcionalidad respectiva en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), que permite establecer días y horarios diferenciados dentro de las etapas de apertura de ofertas y período de lances, conforme a lo establecido en el numeral 7.1 de la Directiva. 

Por ello, el OSCE derogó la Directiva N° 018-2016-OSCE/CD “Procedimiento de Selección de Subasta Inversa Electrónica Corporativa” y mediante el SEACE puso a disposición de los usuarios, un Manual que brinda orientación sobre el uso de la referida funcionalidad, la misma que podrá ser descargada ingresando al siguiente enlace: Manuales de Usuario, Listados y otros documentos sobre el registro de información en el SEACE V3.0. Con la Subasta Inversa Electrónica se contratan bienes y servicios comunes, y el postor ganador es aquel que oferte el menor precio por los bienes y/o servicios objeto de dicha Subasta a través del  SEACE.

No hay comentarios:

Essalud conmemora el Día Mundial de la Lucha Contra el Cáncer de Mama

Reafirmando su compromiso con la prevención. La doctora Jacqueline Olivari Heredia, gerente de EsSalud La Libertad, destacó la importancia d...