jueves, 22 de junio de 2017

Trasladan nuevo juzgado a beneficio de los justiciables de Virú

Aquí se tratará de manera exclusiva procesos con la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), y de manera transitoria procesos contenciosos administrativos y con la Ley Procesal del Trabajo N° 26636. Dicha disposición está amparada en el artículo séptimo de la Resolución Administrativa N° 190-2017-CE-PJ, que firma el presidente del Poder Judicial.

La Corte Superior de Justicia de La Libertad (CSJLL), que preside el señor juez superior Juan Rodolfo Zamora Barboza, cuenta con un nuevo órgano jurisdiccional luego de que el Consejo Ejecutivo (CE) del Poder Judicial (PJ) aprobara reubicar, a nuestro distrito judicial, el Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima. En ese sentido dicho órgano jurisdiccional ha sido reubicado a la CSJLL como Juzgado de Trabajo Transitorio de Virú, desde del 01 de julio hasta el 31 de diciembre del año en curso.

Aquí se tratará de manera exclusiva procesos con la Nueva Ley Procesal de Trabajo (NLPT), y de manera transitoria procesos contenciosos administrativos y con la Ley Procesal del Trabajo N° 26636. Dicha disposición está amparada en el artículo sétimo de la Resolución Administrativa N° 190-2017-CE-PJ, que firma el presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, Dr. Duberlí Rodríguez Tineo, publicada el ocho de junio último en las Normas Legales del diario oficial El Peruano.

La reubicación del Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de Lima a la CSJLL, como Juzgado de Trabajo Transitorio de Virú, beneficia a la justicia laboral en esta provincia porque al conocer en exclusividad los procesos laborales (con la NLPT, la Ley N° 26636 y contenciosos administrativos), la carga procesal del Juzgado Especializado Mixto de Virú, que antes conocía estos procesos, disminuirá.

Así pues se atenderá de manera más oportuna los citados procesos laborales y en los procesos con la NLPT se reducirá la programación de audiencias en la agenda judicial electrónica, en aproximadamente tres meses, lo cual redundará en un servicio de impartición de justicia más oportuna y célere.

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