sábado, 23 de agosto de 2008

RECUERDAN QUE HOSTIGAMIENTO SEXUAL PUEDE COSTAR DESPIDO A FUNCIONARIOS

Un trabajador sea hombre o mujer, que sea víctima de hostigamiento sexual por parte de un funcionario superior jerárquico, debe denunciar en forma verbal o por escrito el hecho y el superior jerárquico ante quien se queja, tiene un plazo de 24 horas para formar una comisión investigadora.

Casos de hostigamiento sexual en la administración pública puede ocasionar la aplicación de sanciones, desde amonestación, la suspensión, el despido, la separación temporal o definitiva, o pasar a disponibilidad de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al D.S. Nº 010-2003-MIMDES, sobre el Reglamento de la Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual. Lo recordó la gerente de Desarrollo Social, Tania Baca Romero, al dar inicio a la conferencia de capacitación y actualización a los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) sobre este Decreto Supremo que tiene cinco años de vigencia.

Durante el mismo, la funcionaria edil hizo notar que las sanciones de acuerdo a Ley para los funcionarios de la administración pública, son aún más severas. La capacitación a los funcionarios edilicios lo ofrece la municipalidad con regularidad, para que estén debidamente capacitados y emitan opiniones con fundamento, en muchos temas de gran importancia en la administración pública y felicitó a los funcionarios por dar su tiempo para capacitarse.

Por la gerencia de Desarrollo Social, que tuvo a cargo la exposición del tema de hostigamiento sexual, participó el abogado Luís Boy Vásquez para sustentar el texto del Reglamento de hostigamiento sexual, que se dio para proteger a los servidores públicos y privados del abuso por hostigamiento sexual que pueden ser víctimas de parte de sus jefes. Un trabajador sea hombre o mujer, que sea víctima de hostigamiento sexual por parte de un funcionario superior jerárquico, debe denunciar en forma verbal o por escrito el hecho y el superior jerárquico ante quien se queja, tiene un plazo de 24 horas para formar una comisión investigadora.

Asimismo, en un plazo de tres días, se debe hacer conocer el hecho al funcionario denunciado para que en un plazo de cinco días presente su descargo con pruebas, pudiendo ampliarse en cinco días más. Por su parte la comisión investigadora dispone de 10 días hábiles para emitir su informe, que también puede prorrogarse por 10 días más.

Los presuntos hostigadores sexuales, en el caso de comprobarse la denuncia, serán sometidos a un proceso administrativo y según la gravedad de la falta pueden ser despedidos de su puesto de trabajo, o pasar a disposición de la Policía Nacional, estando contemplado el pago de una indemnización a favor del hostigado. En caso que una servidora se insinúe a su jefe, la respuesta es amonestarla, o informar a su superior jerárquico del hecho.

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