jueves, 28 de abril de 2011

PAGARÁN 100,000 NUEVOS SOLES A MADRE DE MENOR AHOGADO EN LA PISCINA OLÍMPICA

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Los hechos sucedieron el 12 de abril del 2008, en circunstancias que, el hoy occiso,  Cristian D. Mendoza Santa Cruz asistió a la Piscina Olímpica de Trujillo con sus amigos, pero que transcurrido unos minutos sufrió un accidente, colapsando de tal forma que necesitó la ayuda del salvavidas, quien no llegó en su auxilio.

Luego de tres años de sucedido los acontecimientos, representantes del Ministerio Público Distrito Judicial La Libertad – Fiscalía, logran que el Instituto Peruano de Deporte (IPD) pague una Reparación Civil de 100,000 nuevos soles a favor de la madre de Cristian D. Mendoza Santa Cruz, ahogado en la Piscina Olímpica de Trujillo. El Fiscal Adjunto Jorge Raúl de la Vega Romero de la Segunda Fiscalía Corporativa de Trujillo, obtuvo tal sentencia en primera instancia, la cual se logró confirmar en la Tercera Fiscalía Superior Penal, a cargo del Dr. Francisco Arista Montoya.

Los hechos sucedieron el 12 de abril del 2008, en circunstancias que como de costumbre, el hoy occiso,  Cristian D. Mendoza Santa Cruz asistió a la Piscina Olímpica de Trujillo con sus amigos, pero que transcurrido unos minutos sufrió un accidente, colapsando de tal forma que necesitó la ayuda del salvavidas, quien no llegó en su auxilio por estar vendiendo entradas y alquilando boyas, en la puerta del local, a los bañistas. Estos menesteres contaban con el consentimiento de Alfredo Larios Vásquez, entonces Presidente Regional del IPD, y Marianella Pilar Zárate Yakuden, Administradora de la citada piscina.

A pesar que ambos conocían perfectamente que se transgredía el decreto Supremo 007-2003 Reglamento de Piscinas. En audiencia de juicio oral realizado el 15 de setiembre del 2010, en Natasha, se declaró, ante el Noveno Juzgado Penal Unipersonal de Trujillo, que la acusación se basaba en la teoría de la imputación objetiva, creando un riesgo jurídicamente desaprobado transgrediendo una norma extra penal (Reglamento de Piscina) y con ello, se ocasiona un resultado típico y, por tal, habría responsabilidad penal de un hecho delictivo.

Los acusados Polo Armas y Tulumba Culqui, actuaron con la autorización de la Administradora de la Piscina y del presidente Regional del IPD, ejerciendo actividades diferentes y distractoras, generando la muerte del agraviado, Cristian D. Mendoza Santa Cruz. Es así que en su posición de garante no acudieron presta y eficazmente con el salvamento de vidas, realizando menesteres menores y oficio cualquier, distrayendo sus labores en el hecho de estar bajo el cuidado de menores que acudían a la Piscina Olímpica.

En audiencia de apelación de sentencia, que se desarrolló el 26 de abril del presente año en el local de Natasha en horas de la mañana, se puso en conocimiento que Marianella Pilar Zárate Yakuden, Alfredo Nicolás Larios Vásquez, Carlos José Polo Armas y Felipe Tulumba Culqui, imputados por el delito de Homicidio Culposo, habían sido sentenciados, en primera instancia, a un año de pena privativa de la libertad, la que fue suspendida a condición de que cumplan con reglas de conducta y una Reparación Civil de 1,000 nuevos soles.


Sin embargo, se impuso como Reparación Civil a la que está obligado el Tercero Civilmente Responsable – IPD, la suma de 100 mil nuevos soles quien deberá cumplir con el pago en el plazo no mayor de 60 días contados a partir de la lectura de la sentencia. “Pienso, que este es uno de los casos  más relevantes ya es el primero en que un organismo estatal paga una cantidad tan elevada como reparación civil. Ministerio Público a través de los fiscales sigue defendiendo la legalidad y la justicia”, concluyó el Fiscal, De la Vega Romero

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