“Este cierre temporal por 30 días es el resultado de una serie reiterada de operativos de sensibilización, inspecciones y amonestaciones que realizan constantemente los fiscalizadores de la subgerencia de dicha dependencia edil, desde hacer varios meses atrás”, reveló la subgerente Jackeline Bustamante Fernández.
Personal de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT) clausuró dos establecimientos informales por no contar con licencia de funcionamiento en la cuadra 9 de la avenida Miraflores. “Los locales que estamos cerrando son los que no cuentan con licencia de funcionamiento y que han reincidido en no acatar la autoridad. Básicamente lo estamos haciendo para regularicen en el plazo de 30 días y puedan reabrir con las medidas de orden y seguridad que corresponde”, dijo la subgerente de Licencias y Comercialización de la MPT, Jackeline Bustamante Fernández.
Este cierre temporal por 30 días es el resultado de una serie reiterada de operativos de sensibilización, inspecciones y amonestaciones que realizan constantemente los fiscalizadores de la subgerencia de dicha dependencia edil, desde hacer varios meses atrás. Sin embargo, los propietarios o conductores de estos locales hicieron caso omiso a la llamada de atención del personal municipal. Por ello, la comuna edil procedió a efectuar la medida cautelar que obedece al cierre temporal por 30 días hábiles, con el fin de que regularicen su estado de informalidad.
Los establecimientos clausurados son Restaurant Bar Papilón, ubicado en avenida Miraflores Nº 950 y el Restaurant El Nordisco ubicado en la misma avenida con Nº 922. “Hemos observado hace dos meses que estos locales, como otros, han venido funcionando sin su respectiva licencia y eso es una falta grave”, complementó. En el operativo de cierre de los establecimientos participaron fiscalizadores y personal de la subgerencia de Licencias y Comercialización, Ejecución Coactiva, agentes de Seguridad Ciudadana, y efectivos de la Policía Nacional del Perú PNP.
Cabe resaltar que si los infraccionados abren sus locales dentro de los 30 días de suspensión estarían cometiendo desacato y se harían acreedores a una multa de 15 mil nuevos soles, y si pasado los 30 días reinciden en la conducta infractora se aplicaría el principio de gradualidad de la sanción y ya no sería un cierre temporal sino definitivo.
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