miércoles, 17 de agosto de 2011

LA CORTE DE JUSTICIA DISPONE RENOVAR DIRECTORIO DE SEDALIB

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La Primera Sala Superior Especializada en lo Civil está integrada por los doctores: Teófilo Idrogo Delgado (Presidente), Irene Huerta Herrera y Carlos Cruz Lezcano, juez ponente. La principal accionista de SEDALIB es la Municipalidad de Trujillo, con más del 30% de acciones, lo que le da derecho de mayoría en el Directorio.

La Primera Sala Superior Especializada en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad dispuso la convocatoria a Junta General de Accionistas de la Empresa de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de La Libertad Sociedad Anónima (SEDALIB) para renovar el Directorio de esta entidad pública. Para el efecto la Resolución 33 señala que el juez del Primer Juzgado Civil debe proceder a disponer la convocatoria, señale día y hora para la Junta General de Accionistas, designando a la vez a la persona que la presidirá, así como el Notario que dará fe de los acuerdos adoptados.

Al mismo tiempo dispone la siguiente agenda: elección del primer directorio de SEDALIB S.A. al amparo de lo dispuesto por el artículo 33-A literal a) del Estatuto de la sociedad concordante con el Decreto Supremo Nº 010-2007-Vivienda. La Primera Sala Superior Especializada en lo Civil está integrada por los doctores: Teófilo Idrogo Delgado (Presidente), Irene Huerta Herrera y Carlos Cruz Lezcano, juez ponente. En enero del 2007, tras las elecciones municipales del 2006, asumieron funciones las nuevas gestiones ediles, por lo tanto SEDALIB debería ser conducida por un nuevo directorio emanado de las municipalidades accionistas.

La principal accionista de SEDALIB es la Municipalidad Provincial de Trujillo, con más del 30% de acciones, situación que le daba derecho a tener mayoría en el Directorio y por lo tanto le correspondía designar a su Presidente. Por interés político esta entidad, que maneja millones de soles en obras de saneamiento, con el amparo del Poder Ejecutivo, el directorio mantuvo su vigencia contraviniendo normas legales y creando nuevas desde el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Han pasado cuatro años y medio y el directorio, integrado por representantes de gestiones municipales elegidas en el 2002 y que fenecieron en el 2006, se mantiene bajo la presidencia del médico Esmidio Rojas Rodríguez. El insólito caso pasó al Poder Judicial por acciones de amparo interpuestas por alcaldes ligados al partido de gobierno de entonces, que entramparon y dilataron la entrega de SEDALIB a las nuevas gestiones municipales.

En el colmo de la arbitrariedad, el Gobierno Central, a través del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió el D.S. 010-2007-Vivienda (20 de Abril 2007), que deroga el D. S.  043- 2007 –Vivienda, que sirvió en su momento como instrumento legal para la conformación de los nuevos directorios y modifica el Art. 39º del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento en lo referente a la conformación y elección de los miembros del directorio, manteniendo la representatividad del Gobierno Regional (01), Colegios Profesionales (01), Cámara de Comercio (01) y dejando casi nula la participación de las municipalidades.

Antes la Junta General de Accionistas de SEDALIB S. A. designaba a su directorio en el marco de la Ley General de Sociedades, Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley 26338 y su reglamento aprobada por D. S. Nº 023-2005 – VIVIENDA, es decir conformado por 06 miembros representantes de las municipalidades que conforman la empresa.

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