jueves, 15 de marzo de 2012

A PARTIR DE MARZO REGIRÁN NUEVAS FECHAS DE VENCIMIENTO EN RECIBOS DE LUZ

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Las normas del sector eléctrico disponen que ningún periodo de facturación sea menor a 28 días, razón por la cual este proceso de ampliación tiene que ser progresivo y los días de lectura corresponderán según la zona en que se ubique el cliente; este proceso culminará en julio del presente año.

A partir del mes de marzo 2012, la empresa Hidrandina modificará progresivamente las fechas de facturación y vencimiento de todos sus clientes domiciliarios. Actualmente, Hidrandina concentra la facturación de más de 600,000 clientes en 7 días, lo que a su vez ocasiona que las fechas de vencimiento de pago también se concentren en siete días, por lo cual se generan largas colas en los centros de cobranza. Con el fin de mejorar esta situación, Hidrandina ha iniciado el presente mes, el cambio de los días de facturación y por consiguiente la de las fechas de vencimiento de todos sus clientes de La Libertad, Cajamarca y Ancash

Las normas del sector eléctrico disponen que ningún periodo de facturación sea menor a 28 días, razón por la cual este proceso de ampliación tiene que ser progresivo y los días de lectura corresponderán según la zona en que se ubique el cliente; este proceso culminará en julio del presente año. Hidrandina recomienda a sus clientes verificar la fecha de vencimiento que aparece en su recibo y de esta manera podrá prever adecuadamente sus obligaciones de pago. Asimismo, para mayor detalle, se está incluyendo un volante adjunto al recibo. 

Al final de este proceso, las fechas de vencimiento ya no serán concentradas, lo que disminuirá las colas en los centros de cobranza en beneficio de los clientes, quienes emplearán menos tiempo al momento de acercarse a pagar su recibo de luz. Resolución Nro. 182-2009 OS/CD. Art. 4.12 a): Periodo de Facturación Mensual entre 28 y 33 días calendarios. D.S.-009-93 Reglamento Ley de Concesiones Eléctricas Art 175 a): Para el sistema post pago se indica que la fecha de emisión y la de vencimiento para su cancelación sin recargos, entre ambas fechas debe transcurrir quince días calendario como mínimo.

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