viernes, 30 de agosto de 2013

SUNASS SUPERVISARÁ Y FISCALIZARÁ CUMPLIMIENTO DE VALORES MÁXIMOS ADMINISIBLES (VMA)

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Norma promueve tratamiento de descargas de aguas residuales en usuarios no domésticos para evitar deterioro de infraestructura sanitaria. Se trata de regular, controlar y fiscalizar las concentraciones elevadas de sustancias contaminantes y/o tóxicas que deterioran los sistemas de Infraestructura sanitaria.

El 5 de septiembre del presente año entrará en vigencia la norma que regula las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario que administran las Empresas Prestadoras del Servicio de Saneamiento (EPS) a nivel nacional, cuya referencia de aplicación se basa en los Valores Máximo Admisibles (VMA) aprobados por Decreto Supremo 021-2009-VIVIENDA.

Durante el Foro “Regulación de las aguas residuales no domésticas y uso de tecnologías limpias”, organizado por la Cámara de Comercio y Producción de La Libertad (CCPLL), la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) indicó que la norma busca incentivar el tratamiento de las descargas residuales de los usuarios no domésticos (empresas, instituciones públicas y privadas, restaurantes, clínicas, hospitales, entre otros).
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Se trata de regular, controlar y fiscalizar las concentraciones elevadas de sustancias contaminantes y/o tóxicas que deterioran los sistemas de Infraestructura sanitaria y del Tratamiento de Aguas Residuales. Charlie Arca Morote, especialista en análisis regulatorio de la SUNASS, señaló que aquellas empresas que descarguen a la red de alcantarillado factores contaminantes cuya concentración de descargas superen los Valores Máximos Admisibles pagarían hasta 20 veces más del valor actual de su facturación por alcantarillado.

“Esta medida tiene el propósito de incentivar a las empresas, comercios e industrias la implementación de sistemas de pre tratamiento de aguas residuales para evitar el colapso de los sistemas de alcantarillado a nivel nacional. No es un incremento en la tarifa, es un pago adicional que compensa los daños a la infraestructura de  saneamiento”, indicó Charlie Arca.

Además, señaló que la inversión que harán los usuarios no domésticos (empresas, comercios e industrias) en la implementación del VMA, es mínima respecto al pago adicional que deberán efectuar si incumplen con lo que la norma exige. “Por ejemplo, una empresa textil que actualmente supera los límites de sólo tres parámetros: DBO5, DQO y Sólidos Suspendidos, ubicándose en el penúltimo rango de exceso, podría pagar hasta 800% más de su facturación, lo que equivale, en algunos casos, a S/. 1’700,832 por año”, advirtió.

“Si en cambio, opta por tratar previamente sus descargas, el costo anual por pre tratamiento sería de alrededor de S/. 290,230 por año”, aseveró el especialista. La función de SUNASS, el regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda instancia administrativa. 

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